Ayudas por el sacrificio de animales positivos a paratuberculosis bovina, ovina y caprina dentro del marco de la ejecucion de los programas sanitarios de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera para el año 2010.

Código de ayuda:

S40591/10

Norma:

Orden DES/35/2010 de 8 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas por el sacrifi cio de animales de la especie bovina, ovina y caprina diagnosticados como positivos en las pruebas de detección de paratuberculosis, dentro del marco de la ejecución de los programas sanitarios de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (en adelante ADSG) reconocidas en la
Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda será determinado en base a los baremos de indemnización establecidos en el anexo I de la presente Orden, atendiendo a la especie, aptitud productiva y edad de los animales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones ganaderas integrados en alguna ADSG reconocida en la Comunidad
Autónoma de Cantabria que hayan sacrifi cado animales, diagnosticados como positivos en las pruebas de detección de paratuberculosis dentro del marco de la ejecución del programa sanitario de la Agrupación a la que pertenecen.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El sacrificio de animales de la especie bovina, ovina y caprina positivos a las pruebas de diagnóstico de paratuberculosis efectuadas dentro de la ejecución del programa sanitario de una ADSG reconocida por la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Requisitos:

1. Contar con certifi cación de los Servicios Veterinarios de la ADSG en la que está integrada la explotación del solicitante, indicando que en la misma se ha cumplido con el programa sanitario de la Agrupación, y que el titular de la explotación ha instaurado las medidas de manejo y de bioseguridad para el control de la paratuberculosis, indicadas por el Servicio Veterinario de la Agrupación.

2. Con relación a los animales objeto de ayuda se cumplirán los siguientes requisitos:
a) Los resultados laboratoriales positivos a las pruebas de investigación de paratuberculosis se deberán haber emitido por el Servicio de Laboratorio y Control de la Dirección General de Ganadería o por un laboratorio autorizado por ésta, tras una petición de análisis efectuada por una ADSG reconocida en la Comunidad Autónoma de Cantabria. En la documentación que hubiera acompañado a la petición deberán quedar recogidos los números de identifi cación completos de las reses objeto de solicitud de investigación.

b) Los animales diagnosticados positivos a paratuberculosis, se habrán sacrifi cado después de la emisión del resultado y antes de transcurridos tres meses desde la comunicación a la ADSG de los resultados de las pruebas de investigación solicitada.

c) En el momento de la fi nalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda, se habrán sacrifi cado todos los animales positivos a las pruebas de investigación de paratuberculosis pertenecientes a las explotaciones de la que es titular el solicitante, cuyo resultado positivo se hubiera comunicado dos meses antes de la publicación de la presente Orden.

d) Los animales de la especie bovina objeto de ayuda deberán haber nacido en la explotación, o haberse incorporado a la misma antes del 1 de enero de 2.008. En el caso que se hubieran introducido en la explotación con posterioridad a esta fecha, los animales deberán haber sido objeto de una cuarentena previa a la introducción en la explotación, en la que se hubiera obtenido un resultado negativo a las pruebas de investigación de paratuberculosis.

e) Los animales de la especie ovina y caprina para los que se solicite ayuda deberán haber realizado las pruebas correspondientes a la campaña de saneamiento ganadero del año 2009 en la propia explotación.

3. El titular de la explotación tendrá el compromiso de mantener la titularidad de la misma, así como su pleno funcionamiento y su integración en una ADSG durante un periodo mínimo de tres años, o hasta la jubilación del titular, si ésta se va a producir en ese periodo.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 119
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento