Ayudas por desplazamiento a estudiantes que cursen estudios universitarios, ciclos formativos o de educacion postobligatoria reglada o enseñanzas artisticas fuera de la Isla de Formentera.- Convocatoria 2012/2013.

Código de ayuda:

S05919/13

Norma:

Formentera, 25 de febrero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Compensar parte del coste del desplazamiento, de los alumnos de la Isla de Formentera por el curso académico 2011–2012, que se desplace y resida fuera de su domicilio familiar para realizar estudios universitarios, ciclos formativos, educación postobligatoria reglada o enseñanzas artísticas que no se imparten en Formentera.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Formentera (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Ciento cincuenta euros - (150 euros), para los estudiantes que cursen sus estudios en Ibiza, siempre que lo disponible en la partida presupuestaria prevista a tal efecto lo permita. En caso contrario, el importe mínimo se obtendrá haciendo un prorrateo a partes iguales, en función del número de solicitantes.

- Cuatrocientos cincuenta euros (450 euros), para los estudiantes que cursen sus estudios fuera de las islas Pitiusas, siempre que el disponible en la partida presupuestaria prevista al efecto lo permitan. En caso contrario, el importe mínimo se obtendrá haciendo un prorrateo a partes iguales, en función del número de solicitantes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que se encuentren en alguna de las circunstancias establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El coste del desplazamiento, de los alumnos de la Isla de Formentera.

Requisitos:

1. Aquel alumnado con domicilio familiar en la isla de Formentera que curse estudios universitarios en centros propios de universidades públicas o privadas o en centros adscritos a ellas.

2. Aquel alumnado con domicilio familiar en la isla de Formentera que curse Ciclos Formativos o Educación postobligatoria reglada fuera de la isla siempre que éstos no se puedan cursar en Formentera.

3. Aquel alumnado con domicilio familiar en la isla de Formentera que cursen enseñanzas artísticas: estudios de música, danza, arte dramático y estudios superiores de artes plásticas y de diseño.

No podrán obtener la condición de persona beneficiaria las personas en las cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Illes Balears, y el articulo
13.2) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/03/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 33
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento