Ayudas por daños provocados en los establecimientos turisticos, por la que se desarrolla el Decreto 96/2010, de 17 de junio, de medidas urgentes para la reparacion de los daños causados por las inundaciones acaecidas los dias 9 y 10 de junio de 2010 en A Mariña luguesa y en los ayuntamientos limitrofes - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S45755/10

Norma:

Orden de 18 de junio de 2010, Decreto 96/2010, de 17 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar los daños provocados en los establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles incluidos en el ámbito competencial de la Consellería de Cultura y Turismo que sean consecuencia de los
desperfectos ocasionados por las inundaciones en sus edificaciones, instalaciones, maquinaria y en las mercancías en ellos depositadas, así como en los vehículos

Categorías Subvención

  • Otras
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el coste de la reparación o reposición de los daños ocasionados en las edificaciones, instalaciones, maquinaria y en las mercancías en ellos depositadas, así como en los vehículos comerciales o industriales afectos a la actividad turística, en función de las disponibilidades presupuestarias y del número de solicitudes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de los establecimientos turísticos incluidos en el ámbito competencial de esta consellería y en el Decreto 96/2010, de 17 de junio, en los que se produjesen daños.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los daños causados en sus edificaciones, instalaciones, maquinaria, y en las mercancías en ellos depositadas, así como en los vehículos comerciales o industriales afectos a estas actividades.

Requisitos:

- Estar situado en uno de los siguientes municipios:
Provincia de Lugo: Alfoz, Barreiros, Burela, Cervo, Foz, Lourenzá, Mondoñedo, Ourol, A Pontenova, Ribadeo, Trabada, O Valadouro, O Vicedo y Xove.Provincia de A Coruña: Cariño y Ortigueira.

- Debe quedar suficientemente acreditada la relación de causalidad entre los daños producidos y las inundaciones de los días 8 y 9 de junio.

- Será requisito imprescindible, para la concesión de estas ayudas que la empresa solicitante tenga inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia la actividad turística para la que
se solicita la ayuda, o bien que a partir de la entrada en vigor el 23 de febrero de 2010 de la modificación operada en el artículo 28.4º de la Ley 14/2008, de 3 de diciembre, de turismo de Galicia, por la Ley 1/2010, de 11 de febrero, haya presentado la declaración responsable de inicio de la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 18/06/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 115
Documento: Decreto 96/2010 Descargar Documento
Boletín: 21/07/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento