Ayudas para sufragar los gastos de gestion y funcionamiento, medida 431, ocasionadas por los grupos de accion local seleccionados en el marco del Eje 4 Leader del Programa de Desarrollo Rural de Cataluña periodo 2007-2013.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S37891/12

Norma:

ORDEN AAM/300/2012, de 1 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas destinadas a sufragar los gastos de gestión y funcionamiento ocasionados por los GAL en el marco del Eje 4 Leader, imputables a la anualidad de 2013 y comprendidas entre el 1 de noviembre de 2012 y el 31 de octubre de 2013.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda tiene carácter de subvención directamente aplicable a los gastos
ocasionados para la gestión y funcionamiento del GAL, y podrá llegar al 100% del gasto elegible convenientemente justificado.

El importe total de gasto solicitado por cada GAL no podrá rebasar la cuantía máxima que establezca la convocatoria correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los grupos de acción local (GAL) que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de gestión y funcionamiento ocasionados desde el 1 de noviembre de 2012 hasta el 31 de octubre de 2013 por los grupos de acción local (en adelante GAL) seleccionados en el marco del Eje 4 Leader del Programa de desarrollo rural de Cataluña del periodo de 2007-2013.

Requisitos:

a) Haber sido seleccionado por el Departamento de Agricultura, Ganadería,
Pesca, Alimentación y Medio Natural (en adelante DAAM) al amparo de las órdenes AAR/386/2008, de 31 de julio, y AAR/500/2008, de 26 de noviembre.

b) Haber firmado, a 20 de julio de 2009, el convenio de colaboración con el
DAAM, para la aplicación de la metodología Leader en el marco del PDR de Cataluña de 2007-2013.

c) Disponer de criterios de priorización y valoración de proyectos presentados en su ámbito territorial, aprobados y publicados por el DAAM.

d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y con la Generalidad de Cataluña.

e) Comprometerse a destinar las dotaciones financieras asignadas exclusivamente al funcionamiento y gestión del GAL, en cumplimiento de la estrategia de desarrollo Leader aprobada.

f) Disponer de los medios materiales y humanos necesarios para llevar a cabo
de forma adecuada, tanto técnicamente como económica, las tareas correspondientes.

g) Comprometerse a mantener el GAL hasta, como mínimo, cinco años a partir
del último pago. Durante este tiempo el GAL deberá conservar y, si procede, poner a disposición de la Administración, todos los documentos justificativos referidos a los gastos realizados, así como toda la documentación justificativa de la medida 431 y, en consecuencia, no se puede disolver hasta que transcurra el mencionado periodo a menos que, previamente, garantice ante el DAAM las responsabilidades contraídas.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6231
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento