Ayudas para resarcir los daños ocasionados a los particulares en viviendas, en ejecución del Decreto-ley 5/2025, de 18 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para lareparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 11 y 12 de julio de 2025.
Código de ayuda:
S22946/25Norma:
ORDEN FOM/852/2025, de 21 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de agosto de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la convocatoria es establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de las ayudas para resarcir los daños ocasionados en viviendas, así como en determinados bienes muebles incluidos en las viviendas, en ejecución del Decreto-ley 5/2025, de 18 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 11 y 12 de julio de 2025.Categorías Subvención
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
DEPARTAMENTO DE FOMENTO, VIVIENDA, LOGÍSTICA Y COHESIÓN TERRITORIAL (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las cuantías máximas a asignar por daños en las viviendas son las siguientes:1.º Por destrucción total de la vivienda: hasta 60.480 euros.
2.º Por daños que afecten a la estructura de la vivienda: hasta 41.280 euros.
3.º Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda o por daños ocasionados en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta 20.640 euros.
4.º Por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda: hasta 10.320 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas propietarias, de una vivienda, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella, que haya sufrido cualquiera de los daños enumerados en la Orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Por destrucción total.b) Por daños que afecten a la estructura.
c) Por daños menos graves que no afecten a la estructura o por daños ocasionados en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
d) Por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad contenidos en la vivienda por los hechos causantes.
Documentos asociados
Boletín:
22/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín:
22/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
24/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 141
Documento: Corrección de errores Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 141
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