Ayudas para reparar los daños causados por la climatología adversa en la producción de fresa y fresón de las provincias de Huelva, Cádizy Sevilla.

Código de ayuda:

S03455/03

Norma:

Orden APA/2806/2003 de 9 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/11/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a los titulares de las explotaciones de fresa
y fresón, aseguradas en las líneas correspondientes del vigente Plan de
Seguros Agrarios Combinados, situadas en las provincias de Huelva, Cádiz y Sevilla, que hayan sufrido mermas en su producción a causa de las lluvias y las condiciones climáticas adversas acaecidas desde finales del mes de marzo a primeros de mayo de 2003, no indemnizables por la póliza del seguro.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el cálculo de la indemnización que pueda corresponder a cada asegurado, se aplicará una franquicia absoluta del 30% y una cobertura máxima del 80% de los daños ocasionados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Se deberá acreditar existencia de póliza en vigor del seguro agrario combinado de fresa y fresón, en el momento en que se produjeron los daños.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los daños ocasionados por lluvias,y otros fenómenos naturales relacionados con la climatología adversa, sobre la producción de fresa y fresón, que, estando asegurada en el Sistema de Seguros Agrarios Combinados,haya sufrido pérdidas por daños no cubiertos en las líneas de seguro incluidas en el vigente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Se requiere que los daños registrados hayan ocasionado pérdidas superiores al 20 ó al 30% de la producción, según se trate o no de zona desfavorecida, con arreglo a los criterios establecidos en la Unión Europea a este respecto.

Requisitos:

Diversa documentación.

Documentos asociados

Boletín: 14/10/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 246
Documento: Convocatoria Descargar Documento