Ayudas para realizar actividades de formación permanente dirigidas al profesorado de niveles educativos no universitarios.

Código de ayuda:

S08246/04

Norma:

Resolución de 11 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La formación permanente del profesorado, de interés para la actualización de conocimientos y la mejora de la práctica docente del profesorado de niveles educativos no universitarios.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo para cada una de las actividades de formación es de 900,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin finalidad de lucro con personalidad jurídica propia vinculadas al mundo de la enseñanza.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de actividades de formación permanente dirigidas a profesorado de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria, de formación profesional o de enseñanzas de régimen especial.

Las actividades de formación para las cuales se puede solicitar ayuda tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a) Tienen que ser actividades de formación de la modalidad: cursos, con los requisitos señalados al Plan cuadrienal 2000-2004.
b) Han de estar dirigidas al profesorado de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria, de formación profesional o de enseñanzas de régimen especial de centros docentes de las Islas Baleares.
c) Han de estar incluidas dentro la tipología definida en el bloque B del Plan cuadrienal de formación permanente de la Consejería de educación y Cultura: actualización tecnológica, científica y didáctica; tecnologías de la información y comunicación; atención a la diversidad y necesidades educativas especiales.
d) Tienen que responder a alguna de las siguientes líneas prioritarias de actuación: Iniciación informática, con el programa Open Office. Salud laboral. Derecho laboral. Formación científica técnica de áreas.
e) Las temáticas han de estar directamente relacionadas con la actividad principal que desarrolla la entidad solicitante de manera permanente y de acuerdo con sus objetivos.
f) Tienen que ser complementarias a la oferta programada por la Consejería de educación y Cultura en el marco del Plan de formación permanente.
g) Se tienen que llevar a término fuera del horario de permanencia del profesorado en el centro.
h) Han de haber finalizado antes del 30 de octubre de 2004.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 42
Documento: Convocatoria Descargar Documento