Ayudas para pymes y agrupaciones sin ánimo de lucro que realicen actividades de investigación, desarrollo tecnológico o innovación para llevar a cabo acciones en materia de transferencia del conocimiento y actividades innovadoras.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S43464/17

Norma:

Resolución de 27 de julio de 2017. Orden de 26 de enero de 2010. Resolución de 1 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas objeto de la presente convocatoria tienen como fines el fomento de actuaciones en materia de transferencia del conocimiento y actividades innovadoras de personas físicas y / o jurídicas privadas que respondan a la definición de pequeña o mediana empresa (PYME) y de las asociaciones privadas sin ánimo de lucro que tengan como objeto, entre otros, la Investigación, el Desarrollo tecnológico y/o la Innovación.

Las solicitudes han de contribuir, por considerarlas, a la ejecución de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de las Islas Baleares (RIS3) y ser consideradas de interés y relevancia p el Plan de Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento (PCTIE) de las Islas Baleares 2013 a 2017, de acuerdo con los criterios de evaluación de la base 3 de los títulos II y III.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Innovación, Investigación y Turismo (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a. Las personas físicas y/o jurídicas privadas que respondan a la definición de pequeña o mediana empresa (PYME). Las empresas podrán acceder a las ayudas de los títulos II y III.

b. Asociaciones privadas sin ánimo de lucro que tengan por objeto, entre otros, la investigación, el desarrollo tecnológico y/o la innovación. Las asociaciones sin ánimo de lucro podrán acceder a las ayudas del título III.

c. Los dos primeros tipos de solicitantes pueden cooperar entre ellas para llevar a cabo actuaciones coordinadas para realizar actuaciones en cooperación. En este caso, cada uno de los componentes tiene que realizar un mínimo del 20% de la actuación, todos se considerarán beneficiarios y responsables ante la Administración pública, y la Resolución de concesión determinará la subvención concedida para cada parte. La agrupación tiene que firmar un acuerdo de colaboración (anexo 1), en el que se identifique un interlocutor con la Administración, y cada miembro de la misma responderá solidariamente de los demás. En actuaciones coordinadas, todas las entidades deben cumplir las condiciones para ser beneficiario, en caso contrario, se desestimará el conjunto de los solicitantes en colaboración.

Documentos asociados

Boletín: 13/02/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 25
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/08/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 107
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 31/08/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 107
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/06/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 77
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 23/06/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 77
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento