Ayudas para proyectos y actuaciones en el ambito de las tecnologias de la informacion y las comunicaciones y la sociedad de la informacion en el marco de la estrategia del plan Avanza2.

Código de ayuda:

S50146/11

Norma:

Orden ITC/3227/2011, de 18 de noviembre. Orden IET/722/2012, de 11 de abril.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y la sociedad de la información en el marco de la Estrategia del Plan Avanza2.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) 1. Las entidades privadas sin fines de lucro legalmente constituidas, siempre que no puedan ser consideradas empresas ni organismos de investigación.

a) 2. a) Empresas.

b) Otras entidades sin fines de lucro legalmente constituidas que tengan la finalidad de prestar servicios de formación a las pequeñas y medianas empresas, mediante la realización de proyectos de formación en telecomunicaciones y tecnologías de la información. La carencia de fines de lucro debe encontrarse explícitamente reconocida en los estatutos o normas de funcionamiento de la entidad.

c) Agrupaciones o asociaciones empresariales.

b) Programas 1º, 2º y 3º:

a) Empresas.

b) Agrupaciones o asociaciones empresariales.

c) Organismos de investigación.

d) Otras entidades de derecho público.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Área temática de Fomento del Uso y Confianza en Internet:

1.º Programas «Uso de servicios digitales (mayores, dependientes y ONGs)» y «TIC por la Igualdad»:Subprograma Avanza Ciudadanía Digital.

2.º Programa «Formación TIC Profesionales y Autónomos»: Subprograma Avanza Formación.

b) Área temática de Impulso de la Industria TIC Española en Sectores Estratégicos:

1.º Programa «Desarrollo Industria TIC Española»: Subprograma Avanza Competitividad I+D.

2.º Programa «TIC y Sostenibilidad»: Subprograma Avanza TIC Verdes.

3.º Programa «Plan de Contenidos Digitales»: Subprograma Avanza Contenidos Digitales.

Requisitos:

- Los beneficiarios no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificado por la disposición final octava de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, que establece que dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o
sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.

- No podrán tener la condición de beneficiarios las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado común.

Documentos asociados

Boletín: 25/11/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 284
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/04/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
Documento: Modificación Descargar Documento