Ayudas para proyectos turísticos de empresas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2019.- Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S11137/21

Norma:

ORDEN ICD/294/2021, de 25 de marzo. ORDEN VMV/322/2016, de 13 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de mayo de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas con destino a actuaciones de creación y mejora de las infraestructuras turísticas en la provincia de Teruel con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2019, para la implantación de nuevas actividades turísticas en la provincia de Teruel, así como para la ampliación y/o modernización de las ya existentes.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total prevista para esta convocatoria es de un millón doscientos mil euros (1.200.000 €).

La cuantía máxima individualizada de la subvención por benefciario se establecerá teniendo en cuenta la inversión y tipo de actuación a realizar:

- Actuaciones destinadas a la construcción de nuevos alojamientos turísticos hasta el 20%, siendo necesario acreditar una inversión minima de 10.000 € y máxima de 600.000 €.

- Actuaciones destinadas a la modernización de las instalaciones y servicios de los establecimientos existentes hasta el 25%, siendo necesario acreditar una inversión mínima de 10.000 € y máxima de 600.000 €.

- Actuaciones destinadas a la adquisición de material necesario para el ejercicio de las actividades de turismo activo hasta el 30%, siendo necesario acreditar una inversión mínima de 2.000 € y máxima de 30.000 €.

2. La puntuación de cada actuación subvencionable se obtendrá de manera automática conforme a los criterios de valoración establecidos en el artículo decimotercero.

3. Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a lo dispuesto en esta convocatoria. El porcentaje concreto de subvención será propuesto por el órgano instructor de conformidad con el informe de la Comisión Técnica de Valoración. Dicho porcentaje se fjará, dentro del límite máximo previsto, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias y, en su caso, a la puntuación obtenida por la aplicación de los correspondientes criterios de valoración.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser benefciarios de las subvenciones las pequeñas y medianas empresas turísticas, en adelante PYMES, que realicen efectivamente su actividad en la provincia de Teruel y se encuentren inscritas o en trámite de inscripción en el Registro de Turismo de Aragón según la normativa vigente.

Los beneficiarios deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Seguridad Social. No obstante, de conformidad con Disposición adicional segunda de la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2020, sin perjuicio de las comprobaciones que
con carácter facultativo pueda realizar la Administración, se exonera del cumplimiento de la acreditación precedente cuando la cuantía de la subvención o ayuda no exceda de 1.000 euros por beneficiario.

Así mismo deberán cumplir la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo y acreditar la posesión de todos los permisos y autorizaciones necesarias para la puesta en marcha de la actividad o inversión subvencionada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán actuaciones subvencionables aquellas que supongan la creación, modernización, y mejora de la calidad de las infraestructuras turísticas aragonesas en la provincia de Teruel.

Podrán ser objeto de subvención las inversiones realizadas por los establecimientos turísticos, si bien en el caso de los establecimientos de restauración, únicamente se incluirán aquéllos que formen parte de un complejo hotelero.

No se considerarán proyectos subvencionables las actuaciones realizadas en bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de similar condición que no incorporen oferta de alojamiento, así como las realizadas en viviendas de uso turístico y agencias de viajes.

Serán proyectos subvencionables para empresas turísticas al amparo de esta convocatoria los que contemplen alguna de estas actuaciones:

a) La construcción de nuevos alojamientos turísticos quedando excluidos la adquisición de terrenos, locales e inmuebles ya construidos.

b) La adecuación y modernización de las instalaciones y servicios de los establecimientos turísticos y oferta complementaria.

c) Adquisición de material necesario para el ejercicio de las actividades de turismo activo.

Las actuaciones anteriores deberán estar localizadas en la provincia de Teruel y deberán haberse ejecutado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2016
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 75
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/04/2021
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 74
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 07/04/2021
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 74
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento