Ayudas para proyectos de promoción y mejora del acceso de las pymes de la Comunidad Valenciana a los servicios y contenidos de la Sociedad de la Información y del Conocimiento.

Código de ayuda:

S20673/04

Norma:

Orden de 30 de julio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/08/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción y mejora del acceso de las pequeñas y medianas empresas valencianas a los servicios y contenidos de la Sociedad de la Información y del Conocimiento, dentro del marco normativo del Programa de Acciones Innovadoras de la Comunidad Valenciana 2002-2004 (PAICV), singularmente, su acción cinco; el 2º Plan de Modernización de la Comunidad Valenciana, moderniza.com; y el Programa de la Sociedad de la Información y del Conocimiento, del Plan Valenciano de Investigación, Desarrollo e Innovación 2001-2006 (PVIDI 2001-2006).

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Infraestructuras y Transportes (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso el importe global de las ayudas concedidas pueda superar el 80% del coste total del proyecto subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Pymes que se adhieran a los proyectos presentados por Federaciones o Asociaciones Empresariales Sectoriales que carezcan de ánimo de lucro y que tengan su sede social, delegación o establecimiento de producción en la Comunidad Valenciana.

Dichas Federaciones o Asociaciones Empresariales Sectoriales también podrán ser beneficiarias cuando contribuyan directamente a la realización del proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones inmateriales en aplicaciones informáticas para la integración y conexión a herramientas de comercio electrónico, desarrollos web, correo electrónico, software de seguridad, y, en general, software destinado específicamente a cubrir las actuaciones incluidas dentro del contenido de cada programa.
También serán subvencionables los equipos adquiridos ex profeso para el proyecto, así como las adaptaciones de equipos o programas para el mismo fin.

Se entiende por inversión en activos inmateriales toda inversión en transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know how o conocimientos técnicos no patentados.

Se considerará subvencionable el IVA soportado cuando suponga un coste real para el beneficiario.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4814
Documento: Convocatoria Descargar Documento