Ayudas para proyectos de investigación en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S35819/16

Norma:

RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Resolución la regulación de la convocatoria y concesión de ayudas económicas a proyectos de investigación en el ámbito de seguridad y salud en el trabajo cuyo desarrollo se inicie durante el año 2016, de acuerdo con los principios de objetividad, concurrencia competitiva y publicidad.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– El importe total del programa de ayudas destinado a esta convocatoria es de 750.000 euros, 250.000 euros como crédito de pago para 2016, 250.000 euros como crédito de compromiso para 2017 y 250.000 euros como crédito de compromiso para 2018. Este coste económico se imputará al programa 3113, seguridad y salud laborales, servicio 01, dirección general, dentro del Capítulo IV, transferencias y subvenciones para operaciones corrientes.

2.– Del total de 750.000 euros del presupuesto se destinarán 150.000 euros para hacer frente al compromiso de cooperación en Saf€ra y 600.000 euros para los proyectos de investigación comisionada.

3.– El importe de las ayudas para proyectos de investigación comisionada, que se concedan al amparo del régimen establecido en la presente Resolución, podrá alcanzar el cien por cien (100%) del déficit del presupuesto presentado en la solicitud sin que pueda superar los 80.000 euros por proyecto. Para los proyectos de investigación, enmarcados en Saf€ra, la ayuda máxima por proyecto y año de duración será de 50.000 euros.

4.– En el caso de ayudas concedidas a profesionales que no desarrollen su actividad en organización
alguna, la cuantía de la subvención concedida, que podrá destinarse a gastos de personal, en concepto de beca a la persona investigadora, no rebasará el 85% de la misma.

5.– Los proyectos de investigación comisionada a los que se conceda la ayuda solicitada deberán ser realizados en un plazo no superior al especificado para cada uno de ellos en el Anexo I de esta Resolución. En ningún caso superarán los dos años.

6.– La cuantía destinada a subvencionar proyectos de investigación en el marco de Saf€ra podrá ser utilizada para subvencionar proyectos de investigación comisionada, si finalizado el plazo para participar en dicho programa no se han presentado solicitudes, o si finalmente ninguno de los proyectos presentados es aprobado. Igualmente, si la cuantía destinada a subvencionar proyectos de investigación comisionada no se adjudica en su totalidad podrá destinarse a proyectos Saf€ra aprobados para los que no ha alcanzado el presupuesto destinado inicialmente para la subvención de dichos proyectos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

La ayuda para proyectos de investigación comisionada podrá ser solicitada por las entidades en donde trabaje la investigadora o el investigador principal en el supuesto a que se refiere el punto 1 de la modalidad a) del artículo 1 de esta resolución, o la propia investigadora o el investigador principal, en el supuesto del punto 2 de la misma modalidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Modalidad comisionada, en la que Osalan propone una serie de temas de investigación que se especifican en el Anexo I de la presente Resolución. A esta modalidad podrán optar:

1) Organizaciones públicas o privadas, universidades, centros de investigación, sociedades científicas, administraciones públicas, servicios de prevención y otras ubicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

2) Profesionales que, desarrollando su actividad profesional en la Comunidad Autónoma de Euskadi, acrediten una consolidada trayectoria en el campo de la investigación en prevención de riesgos laborales y cuenten con una organización mínima de medios materiales y humanos para su desarrollo.

b) Modalidad Saf€ra, para entidades radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi que hayan presentado solicitud en la convocatoria Saf€ra 2016, cuyo tema es: «Desarrollo de Competencias Profesionales y Aprendizaje desde la Experiencia».

Requisitos:

1.– La investigadora o el investigador principal que se presenta a esta convocatoria cumplirá los siguientes requisitos:

a) Solo podrá figurar en una solicitud como investigadora o investigador principal.

b) No podrá participar simultáneamente en más de dos proyectos de investigación financiados con fondos de Osalan.

2.– El resto de los miembros del equipo de investigación:

a) Podrán participar como máximo en dos solicitudes.

b) No podrán participar simultáneamente en más de tres proyectos de investigación financiados con fondos de Osalan.

3.– El personal becario:

Las personas que figuran como becarias en las solicitudes, solo podrán participar en un único proyecto de los aprobados en esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 14/09/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 175
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento