Ayudas para programas de calidad desarrollados por consejos reguladores de denominaciones de calidad agroalimentarias.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S51291/15

Norma:

ORDEN de 15 de diciembre de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de enero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas que, en régimen de concurrencia por el sistema de prorrateo, va a conceder la Consellería del Medio Rural para actuaciones relacionadas con la implantación y desarrollo de programas de mejora y control de la calidad y del origen de los productos agroalimentarios gallegos
amparados por alguna denominación geográfica de calidad de las reguladas en el capítulo II del título III de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, o acogidos a la producción ecológica, así como efectuar la convocatoria para el año 2016.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Los consejos reguladores de las distintas denominaciones de calidad agroalimentaria existentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia siempre que no incurran en alguna de las prohibiciones del artículo 10º.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables:

a) Las actuaciones realizadas, directa o indirectamente, por los consejos reguladores, encaminadas a garantizar la calidad y el origen de los productos de la correspondiente denominación, de acuerdo con lo señalado en las letras a), b) y c) del artículo 4.

b) Las actuaciones en estudios, investigaciones y desarrollo de programas encaminados a la mejora de la calidad de los productos objeto de protección.

c) Los gastos relacionados con la acreditación del consejo regulador en el cumplimiento de la norma EN-45011 o en la norma ISO 17065, aplicables a entidades que certifican producto, así como los de las auditorías necesarias para el mantenimiento de la acreditación.

También serán subvencionables los gastos para la acreditación en la norma ISO 17025, y el mantenimiento de esta, en que incurran los consejos reguladores que cuenten con laboratorio propio.

Documentos asociados

Boletín: 23/12/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 244
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento