Ayudas para programas de calidad desarrollados por consejos reguladores de denominaciones de calidad agroalimentarias.

Código de ayuda:

S05200/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de abril de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas que, en régimen de concurrencia por el sistema de prorrateo, va a conceder la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria (en adelante Agacal) para actuaciones relacionadas con la implantación y desarrollo de programas de mejora y control de la calidad y del origen de los productos agroalimentarios gallegos amparados por alguna denominación geográfica de calidad de las reguladas en el capítulo II del título III de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, o acogidos a la producción ecológica, así como efectuar la convocatoria para el año 2021.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención asignada para cada programa podrá alcanzar como máximo el 50 % del importe de la actividad subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los consejos reguladores de las distintas denominaciones de calidad agroalimentarias existentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia siempre que no incurran en alguna de las prohibiciones del artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos del Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las actuaciones realizadas, directa o indirectamente, por los consejos reguladores, encaminadas a garantizar la calidad y el origen de los productos de la correspondiente denominación, de acuerdo con lo señalado en los apartados a), b) y c) del artículo 4. Estas actuaciones incluyen auditorías, inspecciones, tomas de muestras, análisis y ensayos para comprobar el cumplimiento de las especificaciones del producto amparado por la denominación.

b) Las actuaciones en estudios, investigaciones y desarrollo de programas encaminados a la mejora de la calidad de los productos objeto de protección.

c) Los gastos relacionados con la acreditación del consejo regulador en el cumplimiento de la norma UNE-EN ISO/IEC 17065, aplicables a entidades que certifican producto, así como los de las auditorías necesarias para el mantenimiento de la acreditación. También serán subvencionables los gastos para la acreditación en la norma UNE-EN ISO/IEC 17025, y el mantenimiento de esta, en los que incurran los consejos reguladores que cuenten con laboratorio propio.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/03/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento