Ayudas para primas compensatorias derivadas del programa de forestación de tierras agrícolas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S63519/08

Norma:

Resolución de 11 de septiembre de 2008. Resolucion de 5 de agosto de 2009. Resolución de 14 de mayo de 2010. Resolución de 18 de abril de 2011. Resolución de 2 de octubre de 2012. Resolución de 2 de octubre de 2013. Resolución de 14 de octubre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas que para el abono de los compromisos adquiridos por el Principado de Asturias en las plantaciones realizadas en base a las convocatorias de los años 1993 y 1994 por la línea de forestación de tierras agrícolas del Programa Regional de Fomento Forestal.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que sean titulares de derechos reales de propiedad, posesión o usufructo sobre las tierras agrícolas forestadas en base a las convocatorias de los años 1993 y 1994, y tendrán derecho a la prima compensatoria en las condiciones fijadas por la resolución que aprobó la forestación que dio lugar a las mismas siempre que se mantengan las condiciones de la concesión.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El abono de primas destinadas a compensar la pérdida de ingresos consecuentes a la forestación de tierras que con anterioridad tuvieran otro aprovechamiento agrario (Primas compensatorias).

Requisitos:

Sólo recibirán prima de compensación de rentas los agricultores que tengan la consideración de tales de acuerdo con las características indicadas en la resolución por la que se les aprobó la ayuda para forestación.

Los agricultores acogidos al cese anticipado de la actividad agraria no podrán percibir las primas compensatorias.

Documentos asociados

Boletín: 03/10/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 231
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 28/09/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 225
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos, Descargar Documento
Boletín: 02/06/2010
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Boletín: 06/05/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 103
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Boletín: 09/10/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 235
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Boletín: 22/10/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 245
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