Ayudas para potenciar el funcionamiento de las Asociaciones de Transporte Público por Carretera.

Código de ayuda:

S16555/05

Norma:

Orden IND 25/2005, de 4 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de ayudas, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para potenciar el funcionamiento de las asociaciones de transporte público por carretera, tanto de viajeros como de mercancías.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de transporte por carretera, tanto de viajeros como de mercancías, con domicilio social en Cantabria, que hayan sido legalmente constituidas con anterioridad al 1 de enero del 2005 y que cumplan los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables aquellos gastos corrientes ocasionados por el funcionamiento propio de las oficinas de las asociaciones de transporte por carretera que se encuentren dentro de alguna de las siguientes categorías:
1) Arrendamientos y/o intereses financieros: los devengados por el alquiler de oficinas en las que se encuentra la asociación y en las que se realizan las actividades propias de la misma y los derivados por aquellas que sean alquiladas, puntualmente, para la realización de actividades de la misma que así lo requieran, como conferencias.
En caso de estar pagándose un préstamo por la compra del inmueble en el que estén ubicadas las oficinas, serán subvencionables los intereses financieros correspondientes.
2) Reparaciones, conservación y mantenimiento de los elementos ya existentes en la oficina de la asociación, servicios de limpieza, gastos de comunidad.
Quedan expresamente excluidos los gastos relacionados con nuevas instalaciones.
3) Publicidad, propaganda: gastos generados por las asociaciones de transporte para la mejora y fortalecimiento de su imagen.
4) Comunicaciones: gastos de correo, gastos de teléfono, cuota Internet y mantenimiento página web (quedan expresamente excluidos los gastos por su diseño y creación).
5) Gastos generales de la oficina: suministros de electricidad, gas, agua y basura, fotocopias, papelería y suscripciones a publicaciones.
6) Cuotas pagadas a otras asociaciones de ámbito suprautonómico o supranacional. Se admitirá hasta un máximo de dieciocho mil euros de gastos en este apartado.
7) Seguros Sociales: Cuota patronal pagada a la Seguridad Social correspondiente al personal que esté en plantilla de la asociación.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 72
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento