Ayudas para personas trabajadoras por cuenta ajena con rentas bajas afectadas por expedientes de regulación de empleo temporal a causa del COVID-19.

Código de ayuda:

S44719/20

Norma:

Orden de 7 de agosto de 2020. Resolución de 22 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de noviembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de este programa es conceder una ayuda económica para personas trabajadoras por cuenta ajena con rentas bajas afectadas por expedientes de regulación de empleo temporal a causa del COVID-19 en la
Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Servicio Regional de Empleo y Formación (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de subvención que se podrá obtener será la resultante de la diferencia entre la cuantía del salario mínimo interprofesional (SMI) mensual vigente y la prestación contributiva por desempleo de carácter mensual que la persona beneficiaria esté o haya estado percibiendo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten sus servicios en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que se hayan vistos afectados por un expediente de regulación de empleo de carácter temporal (ERTE) mediante la suspensión total o parcial del contrato de trabajo y a consecuencia del mismo tenga reconocido por el Servicio Público de Empleo Estatal, el derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 192
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 26/10/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 248
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 26/10/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 248
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento