Ayudas para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial, convocadas por la Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.
Código de ayuda:
S12691/25Norma:
RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2025. ORDEN 2/2024, de 29 de febrero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 13 de junio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. El objeto de la presente resolución es convocar, para el ejercicio 2025, ayudas destinadas a personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial.2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Creación nuevas empresas
Empleo
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de innovación, industria, comercio y turismo (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las subvenciones previstas en esta convocatoria quienes cumplan los siguientes requisitos:a) Ser persona emprendedora, entendiendo como tal a las personas físicas (empresarios individuales), o pyme con personalidad jurídica propia, que va a emprender o ha emprendido en los últimos cinco años
una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva.
b) Tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.
c) Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro.
A los efectos de esta convocatoria, se consideran actividades en auge:
– Transporte, movilidad sostenible y logística
– Ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial
– Medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables
– Agrario y alimentario
– Mundo rural y Smart cities
– Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
– Turismo y hostelería
– Servicios financieros e inmobiliarios
– Deporte, salud, bienestar y estética
– Economía de los cuidados
– Sector aeroespacial
– Educación
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos laborales de personal propio y anticipos societarios que se hayan realizado entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de mayo de 2024. El personal deberá estar empleado en la sede de la Comunitat Valencianade la empresa beneficiaria.
El tope máximo subvencionable de retribución mensual bruta en nómina que se tendrá en cuenta para calcular la subvención es de 3.000 euros, incluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias y otras retribuciones.
b) Gastos de contratación de colaboraciones externas como consultorías, servicios profesionales y asistencias técnicas, para el inicio y consolidación del proyecto empresarial, hasta un importe máximo
de 10.000 euros. Dichas colaboraciones externas deberán ir dirigidas a iniciar y mejorar la gestión de la empresa y su posición competitiva, así como los costes de acompañamiento en estos procesos.
Podrán subvencionarse, entre otros, los costes externos para el desarrollo del plan de empresa, la estrategia de digitalización, estrategia para el crecimiento sostenible de la empresa, el desarrollo y posicionamiento de marca, así como los servicios de apoyo part-time o expertos en modalidad «interim-manager» en cualquier fase del proceso.
c) Gastos de asesoría jurídica y gastos notariales y registrales para la realización del proyecto subvencionado, que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
d) Gastos de alquiler de locales, coworking, despachos o espacios imprescindibles para poder ejercer la actividad empresarial.
e) Gastos de servicios de publicidad, difusión y marketing, incluido el marketing digital y canales on-line, entre otros. Se incluyen expresamente en este apartado los gastos de diseño y desarrollo del packaging e identidad del producto o servicio.
Requisitos:
a) Ser persona emprendedora, entendiendo como tal a las personas físicas (empresarios individuales), o pyme con personalidad jurídica propia, que va a emprender o ha emprendido en los últimos cinco añosuna actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva.
b) Tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.
c) Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro.
A los efectos de esta convocatoria, se consideran actividades en auge:
– Transporte, movilidad sostenible y logística
– Ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial
– Medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables
– Agrario y alimentario
– Mundo rural y Smart cities
– Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
– Turismo y hostelería
– Servicios financieros e inmobiliarios
– Deporte, salud, bienestar y estética
– Economía de los cuidados
– Sector aeroespacial
– Educación
Documentos asociados
Boletín:
01/03/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9800
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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16/05/2024
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13/05/2025
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