Ayudas para paliar los daños producidos por el jabalí en los cultivos agrícolas.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S69264/22

Norma:

ORDEN de 1 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de enero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de las personas afectadas por los daños causados en sus cultivos agrícolas por el jabalí, con la finalidad de compensar estos daños, y proceder a su convocatoria para el año 2023.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de las ayudas por daños causados en los cultivos agrícolas por el jabalí
figura en el anexo I de la convocatoria.

2. El importe máximo por persona beneficiaria se establece en 2.750 €. En caso de que los daños excedan de este importe, la persona beneficiaria tendrá derecho a la ayuda máxima, es decir, 2.750 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Se podrán acoger a estas ayudas:

a) Las personas, físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias donde se constaten los daños a los cultivos agrícolas producidos por el jabalí, inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga).

b) Las personas, físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias de autoconsumo donde se constaten los daños a los cultivos agrícolas producidos por el jabalí.

Requisitos:

1. Los cultivos agrícolas afectados, por los que se solicita la ayuda, deberán pertenecer a una persona, física o jurídica, inscrita en cualquiera de las secciones en que se organiza el Reaga y que vienen recogidas en el artículo 5.2 del Decreto 200/2012, de 4 de octubre, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia, modificado por la disposición final tercera del Decreto 125/2014, de 4 de septiembre, por el que se regula en Galicia la venta directa de los productos primarios desde las explotaciones a la persona consumidora final:

a) Explotaciones agrarias prioritarias.

b) Explotaciones agrarias de titularidad compartida.

c) Explotaciones acogidas al régimen de venta directa (Sevedi).

d) Otras explotaciones agrarias.

2. En el supuesto de cultivos agrícolas afectados destinados al autoconsumo, la persona, física o jurídica, solicitante de la ayuda deberá acreditar la titularidad de la explotación a través de cualquiera de los medios de prueba admitidos en derecho.

Documentos asociados

Boletín: 21/12/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 241
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/12/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 241
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento