Ayudas para paliar los daños producidos en determinados cultivos provocados por el pedrisco acaecido durante los primeros dias del mes de mayo de 2010.- Convocatoria 2010.- Corrección.

Código de ayuda:

S61764/10

Norma:

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a la recuperación del potencial productivo de las explotaciones agrícolas afectadas, mediante
la realización de prácticas culturales que contribuyan a la regeneración o reposición de las plantas dañadas y a la recuperación del vigor del cultivo. Dichas prácticas podrán consistir en las labores de poda para la eliminación de ramas y brotes destruidos, los trabajos de aplicación de productos fitosanitarios que favorecen la cicatrización vegetal y la prevención o eliminación de enfermedades y plagas, la aplicación de
fertilizantes o de fitohormonas específicas para la recuperación del vigor, el laboreo de suelos y todas aquellas prácticas que técnicamente hayan probado su eficacia en estas circunstancias y para este cultivo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El módulo máximo establecido es de:

– Uva de mesa: 400,00 euros/Ha

Se fija como límite máximo de la ayuda en 12.000 euros por solicitud.

Para aquellas explotaciones que no presenten póliza/s de aseguramiento contempladas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados, la ayuda a conceder será del 50 por ciento de las cuantías anteriormente
señaladas, por lo que los importes son de 200 euros por hectárea y máximo por solicitud de 6.000 euros.
La intensidad máxima de la ayuda (porcentaje de subvención bruta sobre la cuantía de la pérdida) no deberá superar el 80% en general y el 90% en las zonas desfavorecidas o en las zonas indicadas en el artículo 36, letra a), incisos i) «Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultadas naturales en zonas de montaña», ii) «Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultadas naturales zonas distintas de las de montaña» y iii) del Reglamento (CE) nº 1698/2005.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, así como las comunidades de bienes.

Deberán ser titulares de explotaciones dedicadas al cultivo de uva de mesa, afectados por los fuertes pedriscos y que se hallen ubicadas en los términos municipales que figuran en el anexo I de esta resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los daños producidos en determinados cultivos provocados por el pedrisco acaecido durante los primeros dias del mes de mayo de 2010.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones convocadas mediante esta resolución, las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contenidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.

Documentos asociados

Boletín: 16/11/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6398
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/01/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6435
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento