Ayudas para obras de acondicionamiento de caminos rurales de titularidad municipal.

Código de ayuda:

S12682/08

Norma:

ORDEN de 18 de febrero de 2008. ORDEN de 27 de febrero de 2008. RESOLUCION de 28 de noviembre de 2008. RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Atender la demanda de infraestructuras agrarias por parte de los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los municipios y entidades locales menores, podrán presentar una única solicitud de subvención para sus obras, limitándose la inversión máxima auxiliable a 160.000,00 Euros por ayuntamiento y a 42.000,00 Euros por E.L.M.
La inversión máxima auxiliable, no podrá superar el importe de la inversión solicitada por el ayuntamiento.
Podrá incluirse, en el cálculo del presupuesto, los gastos generales y el beneficio industrial, en las obras a ejecutar por contrata. Tanto en obras a ejecutar por contrata como por administración directa se podrá incluir el impuesto sobre el valor añadido.
Quedarán excluidos de dicho cálculo otros gastos como los honorarios de proyecto, análisis del terreno y partidas alzadas.

Con las limitaciones presupuestarias determinadas en el párrafo anterior, la subvención a conceder será del 80%, como máximo, del presupuesto si la población tiene menos de dos mil habitantes, según el último censo oficial. Si la población tiene dos mil o más habitantes el porcentaje a aplicar será del 60%, como máximo, de la inversión auxiliable.

En el supuesto de que el conjunto de solicitudes de subvención supere el importe global máximo de la línea presupuestaria correspondiente, la conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, procederá a dar preferencia a las que contemplen inversiones en caminos que den servicio directo a zonas de cultivo o explotación en común.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana, que tengan atribuidas competencias en materia de construcción, mejora y adecuación de caminos rurales.

No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por los Ayuntamientos que hayan sido beneficiarios de estas ayudas en el ejercicio inmediatamente anterior al de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las obras subvencionables serán las que signifiquen una mejora permanente de la superestructura de los caminos rurales, sea con firme asfáltico, hormigón o material granular.

Quedan exceptuados los proyectos que contemplen exclusivamente obras aisladas, tales como muros de contención y otras no incluidas en las de superestructura, y trabajos como los de desyerbe o limpieza de caminos, bacheos y rasanteos aislados. No serán auxiliables las mejoras ofertadas por los contratistas. En cada caso será facultad de la conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación determinar las mejoras subvencionables entre las solicitadas.

Se considerarán, también, obras subvencionables, las de reparación de daños producidos por lluvias torrenciales u otros accidentes meteorológicos, ocurridos en el ejercicio precedente al de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 25/02/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5710
Documento: Bases reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/03/2008
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