Ayudas para nuevos emprendedores, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (Galicia emprende).

Código de ayuda:

S00782/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de febrero de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto estimular e impulsar la recuperación del tejido empresarial en la Comunidad Autónoma, especialmente tras la negativa influencia socioeconómica de la crisis del coronavirus, de cara a fomentar el desarrollo equilibrado del territorio gallego y favorecer la creación de empleo a través de la creación de empresas por parte de nuevos emprendedores. El Igape desarrolla este sistema de apoyo a proyectos de hasta 400.000 € de ayuda. Con este programa de ayudas se pretende favorecer también el reemprendimiento y la cooperación interempresarial en las cuestiones relacionadas con la gestión, distribución y logística de los productos y servicios, tanto en la oferta como en la demanda.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los/las autónomos/as y las pequeñas empresas, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, que realicen una actividad económica y tengan menos de 42 meses de antigüedad de alta en la actividad en la fecha de la solicitud de la ayuda, según se establece en el artículo 1.

Se entienden incluidas las sociedades mercantiles, cooperativas, asociaciones y otras entidades con personalidad jurídica propia y las sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica propia, siempre que cuenten con NIF y su constitución esté documentada y presentada la autoliquidación del impuesto de actos jurídicos documentados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Objetivo temático 03: mejorar la competitividad de las pymes, del sector agrícola (en el caso del Feader) y del sector de la pesca y la acuicultura (en el caso del FEMP).

Prioridad de inversión 03.01: promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento económico de nuevas ideas e impulsando la creación de nuevas empresas, también mediante viveros de empresas.

Objetivo específico 03.01.02: creación de nuevas empresas y viveros de empresas, en particular mejorando el acceso a la financiación y a servicios de apoyo avanzados.

Actuación 3.1.2.1: incentivos a las inversiones en activos tangibles e intangibles, aprovisionamientos para la puesta en marcha y otros gastos iniciales para nuevas personas emprendedoras o empresas de reciente creación.

Campo de intervención 067: desarrollo empresarial de las pymes, apoyo al espíritu de empresa y a la incubación (incluyendo el apoyo a empresas incipientes y empresas derivadas).

Línea de actuación 50: servicios a personas emprendedoras y apoyo financiero para inversiones en activos tangibles e intangibles, aprovisionamientos para la puesta en marcha para nuevos emprendedores o empresas de reciente creación.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 4
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Boletín: 08/01/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 4
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/02/2021
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