Ayudas para nuevas plantaciones de manzano de sidra.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S05091/13

Norma:

Resolución de 26 de febrero de 2013. Resolución de 18 de marzo de 2013. Resolución de 4 de marzo de 2014. Resolución de 6 de abril de 2015. Resolución de 29 de agosto de 2016. Resolución de 29 de agosto de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de septiembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de subvenciones para el fomento del cultivo del manzano de sidra, en el ámbito del Principado de Asturias para el año 2016.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El coste máximo de la inversión auxiliable de la plantación considerado como la suma de la totalidad de los gastos elegibles con derecho a ayuda, según lo establecido en la base cuarta de las bases reguladoras, tendrá los siguientes límites:

a) Hasta 6.000 euros por hectárea plantada, en caso de plantaciones semi-intensivas con porta-injertos clonales semi-enanos.

b) Hasta 5.000 euros por hectárea plantada, en caso de plantaciones semi-intensivas sobre patrón franco.

c) Hasta 4.500 euros para formaciones en vaso tanto sobre patrón franco como patrón clonal.

d) Hasta 7.000 euros por hectárea plantada en caso de plantaciones semi-intensivas con porta-injertos clonales enanos.

e) La subvención en ningún caso podrá superar por solicitud y beneficiario, la cuantía máxima de 15.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que cuenten con las competencias y habilidades requeridas, que presenten un proyecto viable desde el punto de vista técnico y económico; que cumplan con las normas mínimas en materia de medio ambiente, y que realicen las nuevas plantaciones con las especificaciones técnicas que se indican en la base tercera, debiendo de solicitar el alta en el Registro de Explotaciones Agrarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los análisis de suelo, las enmiendas orgánicas y/o calizas, los fertilizantes químicos y los plantones de manzano de sidra (que deberán estar injertados exclusivamente con las variedades que se recojan en la convocatoria); los trabajos de preparación del terreno, desbrozado, destoconado, laboreo (arado, rotovateado, subsolado y movimiento de tierras), drenaje de la finca, replanteo, apertura de hoyos, colocación, entutorado, y protectores de tubo.

Requisitos:

Se entenderá que el beneficiario cuenta con las competencias y habilidades requeridas en el apartado anterior cuando se cumpla con, al menos, uno de los siguientes apartados:

a) Al menos un año de experiencia en el ámbito de la actividad agraria (CEA, Certificación Acreditativa, etc.).

b) Certificación expedida por entidad asociativa agraria de comercialización constituida por productores de manzana de sidra que le acredite como socio de la entidad y que realice la entrega de la producción.

c) Acreditación de asistencia a cursos o jornadas de capacitación agraria, y/o cursos o jornadas específicos de frutales.

En caso de que el solicitante sea una comunidad de bienes o persona jurídica, será necesario que se acredite el cumplimiento de lo indicado en alguno de los apartados anteriores por, al menos, uno de sus comuneros, o por uno de sus socios, según proceda.

Los beneficiarios deberán cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente que se indican a continuación desde el momento de la concesión de la subvención:

a) Prohibición de laboreo convencional a favor de pendiente.

b) Los plásticos usados y otros materiales residuales deberán retirarse de las parcelas y depositarse en lugares apropiados.

c) En el uso de pesticidas y herbicidas deberán respetarse las indicaciones de los fabricantes, retirando los residuos y los envases una vez efectuada la aplicación correspondiente, en un centro de gestión, justificando su entrega.

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que estuviesen incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 04/03/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 52
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Boletín: 23/03/2013
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