Ayudas para nuevas empresas del año 2015.

Código de ayuda:

S08682/15

Norma:

RESOLUCION FC116/2015, de 16 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de la acción emprendedora en Navarra mediante la subvención a nuevos proyectos empresariales
así como a aquellas empresas que se creen como consecuencia de un proceso de sucesión empresarial.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se considerarán subvencionables los siguientes gastos, siempre y cuando estén realizados entre el 1 de septiembre de 2014 y el 31 de agosto de 2015:

a) Gastos de constitución de notaria y registros.

b) Gastos de alquiler de locales comerciales o de naves industriales hasta un importe máximo de 1.500 euros. Si el local o nave son adquiridos en propiedad, se subvencionará una cantidad equivalente a la anterior. En ningún caso se subvencionarán los alquileres en los que exista relación jurídica o de parentesco, hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, entre la parte arrendataria y arrendadora.

c) Gastos de publicidad: 50% del gasto realizado con un importe máximo de subvención de 1.000 euros.

d) Gastos de rotulación: 50% del gasto realizado por importe máximo de 1.000 euros.

e) Tasas abonadas en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

El importe máximo de subvención por los conceptos anteriores será de 3.000 euros por empresa.

2. Adicionalmente a las ayudas del apartado anterior, aquellas empresas que se creen como consecuencia de un proceso de sucesión empresarial podrán recibir también ayuda por los siguientes gastos:

a) Subvención equivalente al 40% del capital escriturado por las personas socias de la empresa con un máximo de 2.500 euros por empresa. En el caso de que la nueva sociedad sea una empresa de economía
social este porcentaje será del 42% con un máximo de 2.500 euros por empresa.

b) 50% del importe del gasto del estudio de viabilidad de la sucesión empresarial realizado por una consultoría externa con los siguientes limites:

N.º DE TRABAJADORES/AS SUBVENCIÓN MÁXIMA
1-5 2.000 euros
6-10 2.500 euros
11-15 3000 euros
16 ó más 3.500 euros

A estos efectos, se tendrá en consideración el número de personas empleadas por cuenta ajena en la antigua empresa el 1 de septiembre de 2014.

Requisitos:

a) Constituir una nueva empresa mercantil o cooperativa localizada y con domicilio fiscal en Navarra. A estos efectos, se considerará que se trata de una nueva empresa cuando la escritura de constitución se realice entre el 30 de junio de 2012 y el 30 de junio de 2015.

En ningún caso se considerarán nuevas empresas, aquellas en las que las personas solicitantes, socias o partícipes de la sociedad solicitante que supongan el 50% o más del capital social, hubieran desarrollado cualquier actividad encuadrada dentro del mismo sector, por cuenta propia, directamente o mediante su participación en otras sociedades, en los dos años anteriores a la fecha de constitución de la nueva empresa.

Tampoco se consideraran nuevas empresas aquellas cuyo capital esté constituido en un 50% o más por otras sociedades.

b) Desarrollar una actividad económica encuadrada en cualquier sector de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), a excepción de las sociedades patrimoniales.

c) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en su caso, conforme a lo establecido en los artículos 3 y 5.7 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

d) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias que establece el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 41
Documento: Bases y Convocatoria 2015 Descargar Documento
Boletín: 08/05/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 88
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento