Ayudas para mejora de la competitividad 2022.

Código de ayuda:

S39182/22

Norma:

RESOLUCIÓN 248E/2022, de 25 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de agosto de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la competitividad de las empresas navarras, mediante la subvención a los proyectos que a tal fin
se elaboren con asesoramiento especializado.

Los proyectos podrán consistir en el estudio de las distintas áreas de la empresa, en la implementación de acciones de mejora o en el desarrollo de proyectos de cooperación para conseguir dimensión competitiva en
mercados estratégicos, todo ello con el objeto de aumentar de forma clara y sostenible la competitividad de las empresas.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Cooperación empresarial
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será objeto de ayuda la realización de proyectos que mejoren la competitividad de la empresa e incidan en alguna de las siguientes áreas:

a) Estrategia.

b) Organización.

c) Proceso-producto.

d) Transición ecológica.

e) Transición digital.

f) Mercado.

g) Innovación social.

h) Otras actuaciones

Requisitos:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tengan un establecimiento en Navarra y estén dadas de alta en el impuesto sobre actividades económicas (IAE) en la fecha de solicitud de la ayuda.

b) Estén inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

c) No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estén pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

d) No estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la
“Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.

La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados que acrediten el cumplimiento de las citadas obligaciones.

e) Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).

Este requisito se acreditará mediante la declaración responsable incluida en la solicitud de las ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 16/06/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 119
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento