Ayudas para medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de la miel en Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S11146/22

Norma:

Orden 45/2022, de 23 de febrero. Orden 13/2023, de 13 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de febrero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La orden tiene por objeto realizar la convocatoria para los meses de agosto a diciembre de 2022 de la campaña apícola 2023 de las ayudas para medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de la miel en Castilla-La Mancha, en base a lo establecido en la Orden 45/2022, de 23 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, se establecen las bases reguladoras de las ayudas para medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de la miel en Castilla-La Mancha.

La finalidad de estas ayudas es mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total estimada de la presente convocatoria asciende a 463.698,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

a) En el caso de las actuaciones comprendidas en el punto A) del apartado 1 del artículo 2, las cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia integradas en su mayoría por apicultores, que deberán cumplir los requisitos.

b) En el caso de las actuaciones comprendidas en el punto B) del apartado 1 del artículo 2, las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquéllas de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Asistencia técnica a las personas apicultoras y organizaciones de apicultura, que comprende:

Contratación de personal técnico y especialistas para información y asistencia a personas apicultoras y a miembros de agrupaciones de apicultura en aspectos de sanidad apícola, ensayos de nuevos productos para la lucha contra enfermedades de las abejas, lucha contra agresores de la colmena, análisis de laboratorio, cría y selección, incluyendo la cría de reinas, análisis de laboratorio, cría y selección, optimización ambiental de explotaciones.

Sistemas de divulgación técnica: edición de nuevas publicaciones divulgativas en relación con la miel y el sector apícola (características de la miel, el polen, la jalea y los propóleos, medidas sanitarias, métodos de aplicación de tratamientos y consejos de manejo), siempre que figure el año de su publicación y edición.

Contratación de personal administrativo, y asistencias técnicas para suplir este servicio, para Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS) Apícola.

B) Lucha contra las agresiones y enfermedades de la colmena, en particular contra la varroosis, que comprende:

Tratamientos quimioterápicos contra varroosis, autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.

Tratamientos contra varroosis autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios,
compatibles con la apicultura ecológica para quienes produzcan de acuerdo a las condiciones que establece el reglamento 2018/848, del parlamento europeo y del consejo de 30 de mayo, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el reglamento (CE) nº 834/2007, del Consejo.

Uso de productos autorizados para la alimentación de las abejas con el fin de mejorar la vitalidad de la colmena.

Renovación y purificación de cera. Esta ayuda sólo podrá concederse a quienes se beneficien de las medidas i y/o de la línea b), y siempre que se cubran las necesidades financieras para asistir las solicitudes de las mencionadas medidas i y/o ii).

Adquisición de trampas, atrayentes, equipos de protección individual y cualquier otra medida aprobada por la autoridad competente para la captura, eliminación, disuasión y control de Vespa velutina, así como para otras especies exóticas invasoras.

En caso de existir un protocolo o protocolos oficiales autorizado/s por la autoridad competente, aplicación de medidas preventivas para reducir los daños causados por el abejaruco de las colmenas.

Métodos de prevención de daños a las colmenas causados por fauna silvestre establecidos a criterio de la
autoridad competente.

Contratación de servicios de análisis de las abejas y sus productos relacionados con el estado sanitario de las colmenas, incluidos los gastos de recogida, envío y análisis de las muestras.

C) Racionalización de la trashumancia, que comprende las actuaciones subvencionables indicadas en el Anexo I de esta orden.

D) Medidas de apoyo para el análisis de los productos apícolas, que comprende:

Contratación de servicios de análisis de miel y productos apícolas por personas apicultoras y agrupaciones del sector, que se realicen en laboratorios acreditados por la norma ISO 17025.

Promoción y creación de laboratorios de agrupaciones del sector.

Adquisición de equipos, kits y otro material para análisis de la miel y otros productos apícolas.

E) Medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola, que comprende:

Inversiones para la cría de reinas (núcleos de fecundación, incubadoras, material para inseminación artificial de reinas).

Adquisición de reinas (tanto fecundadas como sin fecundar) y enjambres de razas y/o subespecies no alóctonas para reposición de bajas, siempre que se cubran las necesidades financieras para asistir las solicitudes de la medida anterior.

Requisitos:

Ser titular de una explotación apícola en la comunidad de Castilla-La Mancha, incluidas aquéllas de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias.

Que dicha explotación apícola figure inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas antes del 1 de enero del año de presentación de la solicitud.

Haber llevado a cabo, la declaración de censo anual obligatoria correspondiente, a la campaña anterior a la campaña de la ayuda.

Realizar, al menos, un tratamiento al año frente a varroosis, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel y en los términos que precisa la Resolución 07/02/2020 de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se aprueba el Plan Sanitario Apícola de Castilla La Mancha. Aquellas solicitudes cuyos tratamientos obligatorios no estén realizados en el intervalo de fechas indicado por la legislación quedaran fuera de la ayuda.

Tener nombrado un/a veterinario/a responsable autorizado conforme a lo dispuesto en el Decreto 21/2004, de 24 de febrero, por el que se regula la autorización de veterinarios en Castilla-La Mancha, para la certificación de los requerimientos exigidos por la normativa veterinaria (DOCM nº 33, de 10/03/04).

Disponer de un seguro de responsabilidad civil para la actividad apícola.

Cumplir el resto de previsiones contenidas en el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.

En el caso de las actuaciones comprendidas en el punto B) del apartado 1 del artículo 2 , las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquéllas de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 41
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/01/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 20
Documento: modificación y convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 30/01/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 20
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento