Ayudas para los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por dificultades naturales en zonas de montaña, las ayudas agroambientales previstas en el Eje II del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013 y la ayuda a los productores de la remolacha azucarera.
Código de ayuda:
S24646/10Norma:
Orden 13/2010, de 13 de abril.Plazo de Solicitud:
Según lo que se vaya a solicitar, consultar artículo 8 de la presente OrdenFinalidad u objetivo de la ayuda:
Regular y convocar para la campaña 2010/2011 los pagos directos de la Política Agraria Común (PAC), correspondientes a las ayudas de pago único y a diversas ayudas por superficies y a la ganadería; asícomo convocar para el año 2010 las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por dificultades naturales en zonas de montaña, las ayudas agroambientales previstas en el eje II del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013 y la ayuda a los productores de remolacha azucarera.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Financiación Preferente / Préstamos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los agricultores y ganaderos de la zona.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a)Pago único para los titulares de derechos según lo establecido en el artículo 3.1 del Real Decreto 680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010 y de acuerdo al Título II del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero.b) Regímenes de ayuda por superficie contenidos en el Título III del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero:
Primero. Prima específica a las proteaginosas en la Sección Primera.
Segundo. Ayuda por superficie a los frutos de cáscara establecidas en la Sección Cuarta.
Tercero. Ayuda a los productores de semillas establecida en la Sección Quinta.
Cuarto. Ayuda a los tomates para transformación en la Sección Séptima.
Quinto. Ayuda a los productores de remolacha azucarera en la Sección Octava.
c) Regímenes de ayuda por ganado vacuno contenidos en el Título IV del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero:
Primero. Prima por vaca nodriza en la Sección Segunda.
Segundo. Prima por sacrificio en la Sección Tercera.
d) Pagos adicionales por aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) nº 1782/2003del Consejo, de 29 de
septiembre, contenidos en el Título V del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero:
Primero. Pagos en el sector de la remolacha y la caña de azúcar en la Sección Segunda.
Segundo. Pago adicional a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas en el Capítulo II Sección Primera.
Tercero. Pago adicional a la producción de carne de vacuno de calidad reconocida oficialmente en el Capítulo II Sección Segunda.
Cuarto. Pagos adicionales en el sector lácteo en el Capítulo II Sección Tercera.
e) Ayudas específicas por aplicación del artículo 68 del Reglamento (CE) nº 73/2009 delConsejo, de 19 de enero, contenidas en el Título VI del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero:
Primero. Programa Nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano, Capítulo I Sección Primera.
Segundo. Programa Nacional para la Calidad de las Legumbres, Capítulo I Sección Segunda.
Tercero. Ayudas específicas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuya producción esté amparada por denominaciones de producción de calidad, Capítulo II Sección Primera.
Cuarto. Ayudas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuyas explotaciones se orientan a la producción de carne, con el fin de compensar las desventajas específicas ligadas a la viabilidad económica de este tipo de explotación, Capítulo II Sección Segunda.
Quinto. Ayudas para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector lácteo en zonas económicamente vulnerables o sensibles desde el punto de vista medioambiental y para tipos de producción económicamente vulnerables, Capítulo II Sección Tercera.
Sexto. Ayuda para fomentar la producción de productos lácteos de calidad, Capítulo II Sección Cuarta.
f) La declaración de determinadas superficies para justificar la carga ganadera de la explotación, a efectos de la percepción del pago adicional a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas.
g) Las solicitudes correspondientes a los derechos de pago único correspondientes a:
Primero. La solicitud de derechos de pago único a la reserva nacional.
Segundo. La solicitud de admisión al régimen de pago único.
Tercero. La solicitud de cesiones de derechos de pago único.
Cuarto. Alegaciones a los derechos provisionales comunicados en 2010.
Documentos asociados
Boletín:
16/04/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 45
Documento: Bases, Convocatoria 2010-2011 y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 45
Documento: Bases, Convocatoria 2010-2011 y Anexos Descargar Documento