Ayudas para llevar a cabo el programa Retorno 2008.

Código de ayuda:

S10746/08

Norma:

Resolucion del presidente de la Fundacion Baleares en el Exterior de 1 de febrero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto establecer los términos de la convocatoria de ayudas para los participantes en el programa Retorno 2008, que se llevará a cabo en dos turnos operativos y que promueve el retorno a las Illes Balears de las personas residentes en América Latina que tengan la consideración de baleares a los efectos de la Ley 3/1992, de 15 de julio, de comunidades baleares asentadas fuera de la comunidad autónoma, al objeto de poder visitar su tierra natal o de sus orígenes, así como también a sus familiares.

La finalidad de la presente convocatoria es la de llevar a cabo la selección de los participantes que han de completar las 150 plazas del citado programa.

La concesión de una plaza da derecho a la persona seleccionada a participar en este programa, que consiste en una estancia en las Illes Balears que incluye, entre otras cosas, el viaje de ida y vuelta desde la ciudad de origen y las actividades complementarias que se organicen en el marco del programa.

Las personas que soliciten participar en este programa se comprometen, en el caso de resultar seleccionadas, a viajar en las fechas y vuelos que la Fundación Baleares en el Exterior determine, de acuerdo con la empresa o empresas contratadas para los traslados.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fundación Baleares en el Exterior (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Para poder participar en la presente convocatoria, las personas interesadas deberán cumplir, en la fecha de finalización de la presentación de solicitudes, con los siguientes requisitos:

- Residir de manera permanente en América Latina o países caribeños.
- Tener la consideración de baleares a los efectos de la Ley 3/1992, de 15 de julio.
- Ser miembros, con una antigüedad mínima de dos años, de alguna de las comunidades baleares legalmente constituidas, con sede en América Latina o países caribeños.
- Ser miembro activo de la comunidad balear o, en su caso, haberlo sido.
- Tener cumplidos los 18 años de edad.
- No haber viajado a las Illes Balears desde el año 1999 (incluido), bien en operativos organizados por el Govern de les Illes Balears, bien por cuenta propia.
- Disfrutar de un estado de salud apropiado que permita realizar un viaje de larga duración.

No podrán beneficiarse las personas incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

En el supuesto de que la persona solicitante necesite ser asistida en su vida cotidiana por otra persona, de manera excepcional, puede solicitar viajar con un acompañante. Tal circunstancia debe incluirse en la solicitud y debe ser debidamente acreditada. El hecho de viajar con acompañante es excepcional y sólo será posible hacerlo en el supuesto que se cumplan los requisitos exigidos y así lo determine la Comisión Evaluadora.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El programa Retorn 2008 se llevará a cabo en diferentes operativos durante el año 2008.
Las 150 plazas del programa se distribuirán entre las comunidades baleares que presenten solicitudes válidas, de conformidad con los siguientes criterios:

a) Se asignarán 4 plazas a cada una de las comunidades baleares que presenten solicitudes.
b) El resto de plazas se asignará de manera proporcional según el número total de socios baleares de cada comunidad.

De esta forma a cada comunidad balear se le asignará a un número determinado de plazas, que han de ocupar las personas seleccionadas de acuerdo con los criterios del punto décimo, con el límite máximo de un acompañante por grupo y de que, como mínimo, ha de viajar una persona por grupo, siempre y cuando tenga solicitantes seleccionados.

Una vez adjudicadas las plazas para participar en el programa y aprobadas las ayudas para desplazamientos, para poder emitir los billetes a cada una de las personas beneficiarias se efectuarán los trámites económicos y financieros correspondientes para poder realizar el pago material directamente a las compañías aéreas o a las agencias de viaje que resulten adjudicatarias del contrato para la organizar los traslados de la personas que participen en el programa Retorno 2008.

La entrega de billetes se efectuará con la colaboración de las comunidades baleares. En el caso de emisión de billetes físicos, una vez entregados los billetes, el secretario de la comunidad balear expedirá, con el visto bueno del presidente, un certificado que acredite la entrega del billete a cada persona beneficiaria,
que se tendrá que remitir a la Fundación Baleares en el Exterior.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 23
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento