Ayudas para las inversiones para la elaboración y comercialización de productos vitivinícolas para el período 2019-2023, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga).- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S04346/18

Norma:

ORDEN de 28 de diciembre de 2017. ORDEN de 20 de septiembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de febrero de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de medidas de inversiones en el sector vitivinícola en Galicia establecidas en el programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2018.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de las ayudas convocadas se destinará un crédito máximo total de 2.550.000 euros de los presupuestos de 2018 y 2019. Este importe podrá incrementarse en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de julio, de subvenciones de Galicia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

a) Las empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen los productos contemplados en el anexo VII, parte II, del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, producidos en territorio español, o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización. Las empresas deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

b) Las organizaciones de productores vitivinícolas reconocidas conforme al artículo 152 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.

c) Las asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII, parte II, del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.

d) Las organizaciones interprofesionales.

Documentos asociados

Boletín: 26/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 19
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 19
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/02/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 36
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 26/09/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 184
Documento: Ampliación dotación Descargar Documento