Ayudas para las inversiones en tecnologías forestales, transformación, movilización y comercialización de productos forestales (Submedida 08.06.01 del PDR 2014_2020).

Código de ayuda:

S01828/21

Norma:

RESOLUCIÓN 263/2020, de 9 de diciembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de febrero de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

En virtud de esta submedida se apoyarán actuaciones orientadas a la mejora de tecnologías, prácticas y equipos destinados al aprovechamiento, transformación, movilización y comercialización de productos forestales, así como la mejora del valor económico de los montes.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las ayudas a la inversión en empresas forestales e industrias de productos silvícolas tendrán la forma de prima única.

2. La inversión mínima auxiliable por expediente deberá alcanzar los 20.000 euros (IVA excluido), excepto en los casos de implantación de sistemas de certificación forestal y los programas informáticos de gestión para los que no regirá este umbral mínimo de inversión.

La inversión máxima auxiliable por expediente, (IVA excluido) incluyendo el coste de proyecto u otros documentos técnicos, no podrá ser superior a 325.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La medida se dirige a las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, que sean titulares forestales, a municipios y sus asociaciones y a pymes, ubicadas en Navarra, dedicadas a la explotación silvícola o a la primera transformación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La construcción, adquisición, o mejora de bienes inmuebles, siendo únicamente subvencionables las tierras hasta un 10% como máximo de los costes totales subvencionables de la operación de que se trate;

b) La compra de maquinaria y equipo nuevos hasta el valor de mercado del producto;

c) Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en la letra a) tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad; los estudios de viabilidad seguirán siendo gastos subvencionables, aun cuando, atendiendo al resultado de dichos estudios, no se efectúen gastos de los contemplados en la letra a).

Los costes generales serán subvencionados al 100% no pudiendo superar éstos el 4% de la inversión subvencionable.

d) La adquisición o desarrollo de programas informáticos y las adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas, ligados a la inversión.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 12
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento