Ayudas para las entidades intermedias en materia de comercio y artesania.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S23473/13

Norma:

ORDEN 20/2013, de 14 de junio. Orden 8/2013, de 4 de abril. ORDEN 8/2014, de 15 de mayo. ORDEN 39/2014, de 30 de diciembre. RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2015, en materia de comercio y artesanía, destinadas a incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en estos sectores económicos, a través de la mejora de la gestión, promoción, dinamización, información, formación, estudios y prestación de servicios a las pymes, a través de sus entidades intermedias, de acuerdo con la Orden 8/2013, de 4 de abril, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de comercio y artesanía, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 7002, de 12 de abril de 2013.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas podrán alcanzar hasta el 70 % del presupuesto elegible, con un límite por entidad de 20.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Los empresarios individuales y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes que cumplan los requisitos establecidos.

2. Asociaciones empresariales, entidades públicas y privadas y fórmulas de comercio, o artesanía, asociado o integrado, con personalidad jurídica propia, con independencia de la fórmula jurídica que adopten.

3. Empresas públicas y mixtas.

4. Corporaciones de derecho público.

5. Entidades locales y consorcios con personalidad jurídica propia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Apoyo a la estructura de la gerencia del centro urbano. Por este concepto se podrán subvencionar las percepciones salariales de los trabajadores dedicados a estas funciones, así como la cuota empresarial de las cotizaciones a la Seguridad Social y los gastos de alquiler del local en el que se ubique la gerencia.

b) Acciones de comunicación, publicidad e imagen del centro urbano.

c) Actuaciones de fidelización del consumidor y promoción de productos y servicios.

d) Acciones de animación comercial y acciones efímeras de atracción comercial.

e) Captación de nuevos asociados.

f) Acciones para la mejora de la gestión medioambiental.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidos.

– Tener su domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana, excepto los beneficiarios citados en el artículo 2.1.

– No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 17/05/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7002
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/06/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7052
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 23/05/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7280
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/01/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7451
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 02/03/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7476
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 19/06/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7552
Documento: Ampliación Crédito 2015 Descargar Documento