Ayudas para las asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa para la realización de actividades de promoción del uso del valenciano.
Código de ayuda:
S02273/04Norma:
Orden de 22 de diciembre de 2003.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/02/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de programas y actividades de promoción del uso social del valenciano dentro de los ámbitos respectivos.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Rotulación: Podrá subvencionarse, como máximo, el 65% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención no podrá superar los 1.202 euros.b) Cursos: La subvención será, como máximo, del 65% de los honorarios del profesor del curso, que será valorado en un mínimo de 1.612,80 euros, equivalentes a 26,88 euros/hora.
c) Actividades: Se subvencionará, como máximo, el 65% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención no podrá superar los 1.502 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa de la Comunidad Valenciana que estén legalmente constituidas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los programas referidos a actividades de promoción del uso delvalenciano:
1. Rotulación, en valenciano, de las dependencias de la asociación: gastos de adquisición y rotulación de carteles identificativos de la entidad.
2. Cursos de enseñanza del valenciano destinados a personas adultas.
Tendrán una duración mínima de 60 horas lectivas y deberán realizarse durante el curso 2003-2004. Se ajustarán a los programas oral, elemental y medio de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, y tendrán un mínimo de 15 alumnos y un máximo de 35. Los profesores deberán estar en posesión de la titulación correspondiente: licenciatura en Filología Valenciana, diploma de Mestre de Valencià o equivalentes.
3. Actividades de la asociación que tengan como finalidad favorecer, difundir y promover el uso del valenciano en la entidad o en la población en general.
Se subvencionan los gastos referidos a la edición de documentación
administrativa de la entidad, así como el material de difusión, de divulgación y de información de la propia asociación tales como programas, hojas de publicidad de las actividades, catálogos, carteles, revistas, elaboración de páginas web, etc.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
03/02/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4683
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4683
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