Ayudas para las Asociaciones Cívicas sin finalidad lucrativa para la realización de actividades de promoción del uso del valenciano.

Código de ayuda:

S04728/05

Norma:

Orden de 24 de enero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:


Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje y la cantidad máxima de la subvención serán el que sigue:
a) Cursos: la subvención será, como máximo, del 65% de los honorarios del profesorado del curso, que será valorado en un mínimo de 1.612,80 euros, equivalentes a 26,88 euros/hora. El importe máximo de la subvención será de 1.048.32 euros por curso. La cantidad restante será aportada por la asociación.
b) Rotulación: podrá subvencionarse, como máximo, el 60% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención será de 1.000 euros.
c) Actividades: se subvencionará, como máximo, el 60% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención será de 1.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa que estén legalmente constituidas.
Las entidades que no estén inscritas en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana, deberán acreditar que están legalmente constituidas con la presentación de una fotocopia compulsada de los estatutos de la asociación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes programas referidos a actividades de promoción del uso del valenciano:
1. Cursos de enseñanza del valenciano destinados a personas adultas.
Tendrán una duración mínima de 60 horas lectivas y deberán realizarse durante el curso 2004-2005.
Se ajustarán a los programas oral, elemental y medio de la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano, y tendrán un mínimo de 15 alumnos y un máximo de 35.
Los profesores deberán estar en posesión de la titulación correspondiente: licenciatura en Filología Valenciana, diploma de Mestre de Valencià o equivalentes.
La subvención se destinará a sufragar los costes del profesorado del curso.
2. Rotulación, en valenciano, de las dependencias de la asociación: gastos de adquisición y rotulación de carteles identificativos de la entidad.
3. Actividades de la asociación que tengan como finalidad favorecer, difundir y promover el uso del valenciano en la entidad o en la población en general.
Se subvencionan los gastos referidos a la edición de documentación administrativa de la entidad, así como el material de difusión, de divulgación y de información de la propia asociación tales como programas, hojas de publicidad de las actividades, elaboración de páginas web, catálogos, carteles, revistas, etcétera.
Para las páginas web, serán subvencionables los costes de la elaboración, del dominio y del alojamiento de la página web.

Quedará excluida de la subvención la adquisición de material inventariable, así como de objetos publicitarios tales como camisetas, bolígrafos.
Tendrá carácter preferente el uso del valenciano en la edición de páginas web, guías turísticas, de itinerarios de la naturaleza y actividades deportivas.

Documentos asociados

Boletín: 15/02/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4946
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento