Ayudas para la zona Oriente de Asturias, para la ejecución del Eje 4 del Fondo Europeo de Pesca en su ámbito territorial de intervención.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S22282/14

Norma:

Resolución de 16 de mayo de 2014. Resolución de 23 de octubre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión, en concurrencia competitiva, de subvenciones cuya finalidad sea el desarrollo de las medidas establecidas en el Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de Pesca (en adelante FEP), dentro del Eje Prioritario 4, y en particular las dirigidas a financiar proyectos desarrollados en la zona de acción costera del Oriente de Asturias, que comprende los municipios de Caravia, Ribadesella, Llanes y Ribadedeva, llevados a cabo por entidades de carácter público o privado (en adelante “proyectos de terceros”), que se adecuen al plan estratégico aprobado por el Grupo de Acción Costera (GA C) Consorcio para el Desarrollo Rural del Oriente de Asturias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a. Para inversiones no productivas la ayuda podrá llegar al 100% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto, siempre que sean de interés colectivo, con beneficiarios colectivos. En el caso de que no cumpliera estos requisitos la ayuda podrá llegar al 60%. El porcentaje de ayuda a conceder se obtendrá mediante la aplicación al proyecto de los criterios de baremación que vienen regulados en el anexo I.

b. Para inversiones productivas, la ayuda podrá llegar al 60% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto. El porcentaje de ayuda a conceder se obtendrá mediante la aplicación al proyecto de los criterios de baremación que figuran en el anexo I.

2. No obstante, en ningún caso, el importe de la ayuda concedida tanto para proyectos productivos como no productivos podrá ser superior a 200.000 euros, ni de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, supere el coste de la inversión subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

La persona física o jurídica destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento dentro de la zona de acción costera del Oriente de Asturias o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, y que cumpla los requisitos generales establecidos en la base cuarta de la Resolución de 23 de octubre de 2013, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se establece el régimen de ayudas para la aplicación del Eje 4 del FEP, dentro de las estrategias de desarrollo local, para el período 2007-2013.

En las medidas previstas en las letras b), c) y j) del artículo 3.1, sólo tendrán la consideración de beneficiarios los trabajadores de la pesca o personas que desempeñen trabajos relacionados con el sector.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Ayudas a inversiones productivas, considerando como tales aquellas que una vez finalizados constituyan una actividad económica lucrativa.

— Ayudas a inversiones no productivas, considerando como tales aquellas cuyo titular es una entidad sin ánimo de lucro de carácter público o privado y que, una vez finalizadas, no constituyen una actividad económica lucrativa.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 293
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/05/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 120
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento