Ayudas para la subsidiación de créditos con destino a empresas y asociaciones sin ánimo de lucro para inversiones en el sector turístico.

Código de ayuda:

S12228/06

Norma:

ORDEN de 7 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer la convocatoria de ayudas consistentes en la subsidiación de puntos de interés sobre créditos concedidos para inversiones en activos fijos turísticos, dirigidas a pequeñas y medianas empresas y asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Estas ayudas tendrán como objeto fundamental la creación o mantenimiento de puestos de trabajo estables y la reducción de los costes financieros de las inversiones en activos fijos turísticos realizadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo al régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Industria, Comercio y Turismo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía del préstamo subvencionado no podrá exceder del 70 por ciento de la inversión a realizar.
En todo caso, la financiación de las nuevas inversiones con recursos propios del beneficiario deberá suponer, como mínimo, el 30 por ciento del importe de aquéllas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las pequeñas y medianas empresas, en adelante PYMES.
Para la determinación de la consideración de PYME se atenderá a lo dispuesto en la recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas,pequeñas y medianas empresas (notificada con el número C(2003) 1422 DOCE L 124 de 20.5.2003.

b) Las Asociaciones y Entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán acogerse a la presente convocatoria aquellas inversiones, a realizar desde el 1 de enero de 2006, que supongan una mejora de la calidad de las instalaciones turísticas y que tengan como fin alguno de los siguientes:

a) La adecuación de los cámpings a las prescripciones establecidas en el Decreto 125/2004 de 11 de mayo del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de alojamientos turísticos al aire libre.
b) La modernización de las instalaciones de tratamientos termales de los balnearios.
c) La construcción de nuevos alojamientos turísticos en edificios de valor patrimonial rehabilitados.
d) La modernización, y aumento de la calidad de las instalaciones y servicios de los establecimientos turísticos y oferta complementaria, así como las actuaciones destinadas a facilitar la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
e) La construcción de nuevos establecimientos turísticos en zonas de alto potencial turístico.
f) Las inversiones para la modernización y aumento de la calidad de las Estaciones de Esquí.
En las inversiones encaminadas a la modernización y mejora, se valorará las dirigidas a la implantación del Sistema de Calidad Turística Española.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/1998
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 127
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/11/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 133
Documento: Modificación de Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/04/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 46
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento