Ayudas para la sensibilización y prevención de la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, así como la atención a mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual o mujeres en contexto deprostitución en el año 2025.
Código de ayuda:
S20464/25Norma:
Resolución de 10/06/2025. Orden 40/2023, de 23 de febrero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 21 de julio de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 12.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para lasensibilización y prevención de la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, así como la atención a mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual o mujeres en contexto de prostitución.
Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto de la Mujer (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se establece como límite que la cuantía de la subvención no puede superar por proyecto la cantidad de 12.000,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Tendrán la condición de entidad beneficiaria, a efectos de la presente resolución, las entidades sin ánimo de lucro.Requisitos:
Las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.Son obligaciones de las entidades beneficiarias de la subvención las establecidas en el artículo 9 de La Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.
Por otra parte, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de las mismas referente a la compatibilidad de estas subvenciones, también tendrá que declarar las subvenciones solicitadas o concedidas, cualquiera que sea el momento en que se solicitó o concedió y la Administración ante la que estén presentadas, en el plazo de diez días hábiles contados desde el que se produzca cualquiera de las circunstancias citadas.
Documentos asociados
Boletín:
02/03/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
07/07/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 128
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
07/07/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 128
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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