Ayudas para la restauración del Patrimonio Inmueble de Interés Etnográfico.

Código de ayuda:

S16500/04

Norma:

Convocatoria de 4 de junio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a la financiación de obras de recuperación que necesitan estos elementos y construcciones como patrimonio histórico artístico, arqueológico y natural de la provincia de León.
Se trataría de conservar edificios del patrimonio etnográfico de la provincia que sin estar calificados oficialmente como bien de interés cultural y por lo tanto, sin gozar de la protección y beneficios que a tal condición reconoce la legislación vigente, constituyen, no obstante, una importante parcela del patrimonio arquitectónico provincial, merecedora de ser mantenida en buen estado de conservación.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Diputación Provincial de León (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá alcanzar hasta el 50% del presupuesto de ejecución material de las obras, sin que en ningún caso pueda exceder de 6.010,12 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los propietarios de edificios singulares o característicos de la arquitectura tradicional de la provincia, bien sean personas físicas individuales, comunidades de propietarios o entidades locales propietarias de los bienes objeto de restauración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de obras de recuperación de edificios singulares de patrimonio civil que presenten características propias de la arquitectura tradicional de la provincia y pequeñas construcciones, tales como puentes, casas solariegas y otras modestas construcciones como palomares, molinos, lavaderos, lagares, fuentes, pozos, cruces, cte.

Se valorarán aquellas características de la restauración que conservan técnicas tradicionales, materiales autóctonos, cte., así como la continuidad de los usos y funciones para los que fueron construidos.
Para las construcciones que conserven cubiertas vegetales, la restauración deberá realizarse con los mismos materiales y las mismas técnicas.

Se excluyen expresamente las construcciones declaradas o incoadas como bien de interés cultural o aquellas que formen parte de un BIC con categoría de conjunto histórico declarado o incoado, las de carácter religioso (iglesias, ermitas, etc.), a excepción de aquellas construcciones de interés etnográfico que se encuentren dentro del Camino de Santiago Francés o su entorno de protección y no tengan individualmente categoría de BIC.
Quedarán excluidas las bodegas tradicionales excavadas en terrenos arcillosos. Así mismo, se excluyen las construcciones ubicadas en Ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes.

Requisitos:

Cuando el beneficiario sea una agrupación de personas físicas 0 jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de la concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la Agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2004
BO Provincia de León- Nº 129
Documento: Convocatoria Descargar Documento