Ayudas para la renovacion del parque nacional de maquinaria, al amparo del Real Decreto 457/2010, de 16 de abril.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S26637/13

Norma:

Resolución de 4 de julio de 2013. Real Decreto 457/2010, de 16 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/08/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2013, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en la Orden de 11 de junio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones reguladas por el Real Decreto 1539/2006, de 15 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía base de la ayuda se establece en 80 euros por caballo de vapor (CV), de la potencia que consta en la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), en el caso de tractores y motocultores. Para el resto de máquinas automotrices, la potencia en CV se determinará multiplicando por el factor 5 su potencia fiscal.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de una explotación agraria o tratarse de una entidad de las contempladas en el artículo 2.3 del Real Decreto 457/2010.

Las personas físicas o jurídicas distintas a cooperativas agrícolas o SAT, acreditar, además, que su actividad principal es la agraria.

La Pequeña o Mediana Empresa (PYME).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán destinar estas ayudas procedentes del achatarramiento de tractores y máquinas automotrices a la adquisición de determinadas máquinas arrastradas y suspendidas, como:

a) Sembradoras directas.

b) Cisternas para purines y esparcidores de fertilizantes sólidos equipados, en ambos casos, con dispositivo de localización.

c) Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios que posibiliten una correcta distribución, mediante acreditación de una estación de ensayos específica para estos tipos de máquinas.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/07/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 133
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento