Ayudas para la renovación del material móvil destinado a la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera en Cataluña.

Código de ayuda:

S28537/06

Norma:

Orden PTO/402/2006, de 1 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Hacer pública la convocatoria para el año 2006 para la concesión de ayudas bajo el régimen de concurrencia competitiva para la renovación del material móvil destinado a la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de titularidad de la Generalidad de Cataluña.

2. Aprobar las bases que a todos los efectos deben regir la convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

Estas ayudas reguladas en el Decreto 165/2000, de 2 de mayo, tienen por objeto la renovación del material móvil destinado a la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de titularidad de la Generalidad de Cataluña a que hace referencia el artículo 2.a) del Decreto mencionado.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas será de un 25% del coste de adquisición de los vehículos, IVA excluido, con un máximo de 60.101,21 euros tanto en el caso de que el vehículo objeto de la ayuda permita la accesibilidad a través de carrocería de piso bajo como si lo hace a través de plataforma elevadora.

En caso de que se trate de vehículos de 15 metros o articulados el importe máximo será de 75.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de concesiones administrativas para la prestación de servicios regulares de transporte de viajeros por carretera de titularidad de la Generalidad de Cataluña previstas en el artículo 2.a) del Decreto 165/2000, de 2 de mayo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los vehículos que deban ser objeto de las ayudas deberán cumplir con los requisitos.

Requisitos:

Los vehículos que deban ser objeto de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Deben haber estado debidamente homologados y ser adaptados al uso de personas de movilidad
reducida y satisfacer las especificaciones detalladas en la base duodécima.

- Ser nuevos, de capacidad superior a nuevo plazas y adquiridos o con compromiso de adquisición por compra o arrendados bajo el régimen de leasing, a partir del 1 de enero de 2005 y hasta la finalización del plazo para la presentación de solicitudes previsto en la base sexta.

- Estar destinados a la prestación de servicios regulares, o a servicios discrecionales consolidados con reiteración de itinerario complementarios del servicio regular, en aquellos supuestos en que la empresa dispone de un derecho de prioridad para su realización.

Por cada vehículo que se subvencione, el titular debe dar de baja definitiva otro, con una antigüedad igual o superior a 8 años, propiedad de éste, como mínimo desde un año antes de la fecha de la presentación de la solicitud y que haya prestado servicios regulares para este mismo titular. Esta baja definitiva podrá ser por desguace del vehículo o por transmisión de dicho a un mercado extracomunitario.

Cumplir las obligaciones impuestas a la empresa concesionaria en el contrato-programa que, en su caso, tenga suscrito con el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas relativo a la concesión correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 11/08/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4696
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento