Ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales, Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S00019/98

Norma:

ORDEN de 16 de abril de 2008. Decreto 75/1998, de 21 de abril. Orden de 3 de marzo de 2004. RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2006. ORDEN de 24 de octubre de 2007. ORDEN de 31 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de «ruinas industriales».

Dichas ayudas consisten en prestamos a largo plazo y sin interés a devolver.

Excepcionalmente podrán ser objeto de estas ayudas, aquellos edificios e instalaciones cuyo estado de abandono, obsolescencia e infrautilización provoca un impacto territorial negativo que aconseja su demolición.

A los efectos de lo dispuesto en este artículo tendrán la consideración de ruinas y serán, por lo tanto, susceptibles de recibir ayuda aquellos edificios e instalaciones sobre los que el Ayuntamiento haya declarado su estado de ruina, de conformidad con lo previsto en la legislación del suelo vigente, así como aquellos sobre los que no exista tal declaración pero se hallen en estado de abandono, obsolescencia o infrautilización, extremos éstos que deberán ser valorados por el Tribunal Calificador de estas ayudas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se podrá conceder, de conformidad con las habilitaciones presupuestarias existentes en cada momento, una ayuda equivalente al 100% del coste neto (impuesto de valor añadido excluido) de redacción del Proyecto y/o de la ejecución de las obras.

Para la concesión de las referidas ayudas se destinará un total de 650.992,98 euros, de los cuales 50.992,98 euros serán para el ejercicio 2008 y 600.000 euros para el ejercicio 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1.– Personas privadas, tanto físicas como jurídicas, titulares registrales de los edificios e instalaciones.

2.– Los Ayuntamientos, en su calidad de titulares o actuando en virtud de ejecución subsidiaria, con las formalidades y requisitos establecidos en su legislación específica.

3.– Las Diputaciones Forales o cualquier otra Administración Pública, así como por los Entes u Organismos de ella dependientes actuando en su condición de propietarios de la ruina.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Dentro de la ejecución de las obras de demolición serán subvencionables las siguientes actividades:
a) El coste de redacción del Proyecto, Dirección de las obras de demolición y tasas de visado del colegio profesional si las hubiere.
b) El coste de la ejecución de las obras de demolición.
c) El coste de la licencia de obras de demolición concedida por el ayuntamiento competente.
d) Los costes de colocación de carteles, publicidad, documentación fotográfica y audiovisual exigidos por la Administración subvencionadora.
e) Aquellas otras actividades que se pudiesen exigir por la Administración subvencionadora para la correcta finalización de los obras de demolición.

En ningún caso será objeto de ayuda la redacción del proyecto exclusivamente.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/1998
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 83
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/04/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 75
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 31/07/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 144
Documento: Ampliación presupuestaria. Descargar Documento
Boletín: 07/11/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 214
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/05/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/04/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 67
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento