Ayudas para la realización de un programa piloto de formación en formato no presencial de recualificación profesional digital, dirigido a personas desempleadas paradas de larga duración mayores de 45 años, Programa piloto sénior digital.

Código de ayuda:

S41873/20

Norma:

ORDEN de 28 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 840

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y la convocatoria, para el año 2020, de subvenciones a entidades de formación para la realización de un programa piloto de recualificación profesional digital, a través de la modalidad en línea, de personas desempleadas paradas de larga duración mayores de 45 años para su capacitación, tanto en competencias digitales orientadas al nuevo mercado laboral como en competencias blandas, a fin de mejorar su empleabilidad, y su inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El módulo económico de financiación de los proyectos piloto, entendidos como coste por hora y alumno en esta convocatoria serán de 12 €/h por alumno y hora efectivamente impartida.

La cuantía de la subvención se calculará en función del número de horas de formación efectivamente completadas por cada alumno, estableciéndose un límite máximo de 70 horas por alumno y programa, y atendiendo al importe del módulo correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden beneficiarse de las subvenciones recogidas en estas bases reguladoras las empresas cuyo objeto social esté orientado a la impartición de formación y tengan experiencia demostrable en el ámbito de la formación, y que en la fecha de publicación de esta convocatoria cumplan las siguientes condiciones:

– Haber recogido en su objeto social las actividades de formación.

– Haber desarrollado programas dirigidos específicamente a la formación.

– Disponer o poner a disposición una plataforma de aprendizaje interactivo.

Requisitos:

a) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

d) No estar incursas en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y reunir los restantes requisitos previstos en esta.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 157
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/08/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 157
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento