Ayudas para la realización de proyectos estratégicos de I+D 2022-2025.

Código de ayuda:

S07964/22

Norma:

RESOLUCIÓN 2E/2022, de 14 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de marzo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la realización de proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental de carácter estratégico para Navarra, que estén alineados con la estrategia de investigación e innovación europea Horizonte Europa y que presenten soluciones innovadoras a algunos de los retos que se le presentan a la
sociedad. Se trata de promover el desarrollo de nuevas tecnologías buscando su materialización en la creación de nuevos productos y servicios.

Asimismo, se quiere promover la transferencia de conocimiento entre las empresas y los organismos de investigación y difusión de conocimientos radicados en Navarra, es decir, los Centros Tecnológicos, Universidades y Organismos de Investigación, a través de la realización conjunta de proyectos de I+D.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Direccion General de Industria, Energia y Proyectos Estratégicos S3 (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas, los agentes ejecutores de I+D+i registrados en el Sistema Navarro de I+D+i, (en adelante agentes del SINAI) y los organismos de investigación y difusión
de conocimientos que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Reto 1: VOLTA VI. Vehículos de 0 emisiones Largo alcance y Tecnología Avanzada.

Reto 2: AERO VI. Almacenamiento y Energías Renovables para optimizar su uso.

Reto 3: GEMA VI. Genómica y Medicina Avanzada.

Reto 4: ALPES V. Alimentación Personalizada y Sostenible.

Reto 5: IRIS IV. Inteligencia Artificial y Robótica para la Industria y la Sociedad.

Reto 6: IDEA IV. Ideas Disruptivas Emergentes Aplicadas.

Reto 7: SIBERIA IV. Soluciones Innovadoras en Biotecnología para Energía, Retos Sanitarios, Industria y Agroalimentación.

Requisitos:

a) Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo las actividades subvencionadas.

b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la participante autoriza a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia. O bien, denegará expresamente dicha autorización, comprometiéndose a aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

c) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su
caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

d) En el caso de las empresas: estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

e) En el caso de los agentes de ejecución del SINAI y los organismos de investigación y difusión de conocimientos: aquellos que realicen actividades económicas y no económicas, deberán disponer de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.

La definición agentes del SINAI, será la recogida en la Ley Foral 15/2018, de 27 de junio, de Ciencia y Tecnología y la de “organismo de investigación y difusión de conocimientos” será la recogida en el apartado 83) del artículo 2 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (en adelante, Reglamento (UE) número 651/2014).

Documentos asociados

Boletín: 14/02/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 32
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2022 Descargar Documento