Ayudas para la realización de proyectos estratégicos de I+D 2019‑2021.

Código de ayuda:

S05628/19

Norma:

RESOLUCIÓN 324E/2018, de 24 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de marzo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es fomentar la realización de proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental de carácter estratégico para Navarra, que estén alineados con la estrategia de investigación e innovación europea Horizonte 2020 y que presenten soluciones innovadoras a algunos de los retos que se le presentan a la sociedad. Se trata de promover el desarrollo de nuevas tecnologías buscando su materialización en la creación de nuevos productos y servicios.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General De Industria, Energia E Innovación (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas y los organismos de investigación y difusión de conocimientos que reúnan los requisitos.

Requisitos:

a) Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo las actividades subvencionadas.

b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

c) En el caso de las empresas: estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

d) En el caso de los organismos de investigación y difusión de conocimientos: aquellos que realicen actividades económicas y no económicas, deberán disponer de una contabilidad que permita distinguir
claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 16
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento