Ayudas para la realización de proyectos en el marco del programa «La Juventud en Acción». - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S31873/07

Norma:

ORDEN TAS/808/2007, de 28 de marzo. RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2008. ORDEN TAS/2/2008, de 9 de enero. RESOLUCION de 26 de noviembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Según fechas de realización del proyecto. Consultar convocatoria, artículo séptimo(1er plazo: 01/02/09, último plazo: 01/11/09).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Instituto de la Juventud, convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas de carácter plurianual correspondientes al año 2009, de acuerdo con la estimación de créditos para los años 2009 y 2010 y conforme a lo establecido en las bases reguladoras ( Orden TAS/808/2007, de 28 de
marzo de 2007 modificada por Orden TAS/2/2008, de 9 de enero) para la concesión de ayudas a proyectos en el marco del Programa de acción comunitario «La Juventud en acción».

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Política Social E Igualdad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, entidades y organizaciones de carácter no gubernamental que concurran a la presente convocatoria, deberán cumplir, necesariamente, los requisitos establecidos en la Decisión, la Guía del Programa y, supletoriamente, en la Ley de Subvenciones y en su Reglamento.

El presente programa de acción comunitario está destinado a apoyar proyectos sin fines de lucro a favor de las personas tanto física como jurídicas siguientes:

a) Jóvenes, individualmente considerados.
b) Grupos informales de jóvenes.
c) Técnicos, responsables políticos y voluntarios que trabajan en el ámbito de la juventud y en organizaciones juveniles.
d) Organizaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.
e) Entidades públicas en materia de juventud f) En casos debidamente justificados otros agentes que trabajan en el ámbito de la juventud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Acción 1.1: Intercambios Juveniles.

- Acción 1.2: Iniciativas Juveniles.

- Acción 1.3: Proyectos de democracia participativa.

- Acción 2.1: Servicio Voluntario Europeo.

- Acción 3.1: Cooperación con Países Vecinos.

- Acción 4.3: Formación y Proyectos en Red.

- Acción 5.1: Encuentros de jóvenes y responsables políticas de juventud.

Requisitos:

Tendrán la consideración de solicitantes, tanto las personas físicas como las entidades u organizaciones que concurran a la presente convocatoria siempre que reúnan los siguientes requisitos y teniendo en cuenta
las obligaciones de las personas o entidades beneficiarias a que se refiere el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones:

Las edades para poder participar en las diferentes Acciones son las que figuran en el artículo 2 de las bases reguladoras.

Requisitos para las Personas Jurídicas:
a) Estar debidamente inscritas en el correspondiente Registro Administrativo.
b) Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del, entonces, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, así como de ayudas recibidas en el marco de los programas de acción comunitario «Juventud» o «La Juventud en Acción».
c) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
d) Tendrán la consideración de personas jurídicas a estos efectos:
1. Las organizaciones sin ánimo de lucro y asociaciones legalmente establecidas.
2. Los Organismos Públicos a nivel local, regional o nacional, implicados en el trabajo juvenil.
3. Los grupos de jóvenes. En este caso, uno/a de los/as jóvenes del grupo (el o la representante de dicho grupo) asumirá la responsabilidad de presentar la solicitud y de firmar la declaración de compromiso de la
ayuda en caso de concesión.

Requisitos comunes a las personas físicas y a las jurídicas:
a) Cumplir los requisitos establecidos en el Programa «La juventud en acción», tanto en la Decisión número 1719/2006/CE, la Orden TAS/808/2007, como en la Guía del Programa y, supletoriamente, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento.
b) Cumplir los requisitos y obligaciones que, para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
c) Residir o estar constituido legalmente en España.
d) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. A tal fin, la presentación de la solicitud conllevará la autorización del/la solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de hallarse al corriente de tales obligaciones a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el/la solicitante no deberá aportar las correspondientes certificaciones.

Si el/la solicitante deniega expresamente su consentimiento deberá aportar dichas certificaciones, de conformidad con lo que al efecto establecen los artículos 18, 19, 20, 22 y 23 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. En este último supuesto y de conformidad con lo dispuesto en los apartados 6 y 7 del artículo 24 del Reglamento, las personas jurídicas a las que dichos apartados se refieren podrán sustituir la presentación de estas certificaciones por la presentación de una declaración responsable.

A efectos de la presente convocatoria, los plazos para las «rondas» previstas en el artículo 3 de las bases reguladoras serán los siguientes:

Para proyectos que empiezan entre: El plazo límite es:

1 de mayo y 30 de septiembre de 2009. 1 de febrero de 2009.
1 julio y 30 noviembre de 2009. 1 abril de 2009.
1 septiembre de 2009 y 31 enero de 2010. 1 junio de 2009.
1 diciembre de 2009 y 30 abril de 2010. 1 septiembre de 2009.
1 febrero de 2010 y 30 de julio de 2010. 1 noviembre de 2009.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 03/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 80
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 12/01/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 11
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 23/01/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 20
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 19/12/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 305
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento