Ayudas para la realización de proyectos de investigación en establecimientos sanitarios públicos de Galicia.

Código de ayuda:

S02873/03

Norma:

Orden de 17 de septiembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/11/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de trabajos de investigación en Galicia, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Sanidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de cada ayuda no superará los 12.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los grupos o equipos de investigación con acreditada capacidad investigadora que pertenezcan a los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

-La investigación clínica, fisiopatológica y terapéutica.
-La investigación epidemiológica, en salud pública y servicios de salud.
-Los estudios de evaluación de procedimientos diagnósticos y terapéuticos.
-La investigación en gestión clínica. Evaluación o mejora de la calidad asistencial y gestión de la calidad.
-La investigación en salud laboral.
-La investigación en salud mental.
-La investigación en enfermedades raras y poco frecuentes.
-La investigación en atención primaria.
-La investigación en enfermería.
-Las contempladas en el Plan Nacional de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica, en el Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y en el Plan de Salud de Galicia.
-Las que se refieran a las necesidades de salud específicas de la Comunidad Autónoma de Galicia. Tendrán consideración prioritaria los proyectos dedicados al estudio de los efectos sobre la salud asociados al accidente del Prestige.

Requisitos:

- Sólo podrán aparecer como investigadores principales los profesionales del sector sanitario público que tengan un puesto de trabajo dependiente de la Consellería de Sanidad o del Servicio Gallego de Salud, que realicen labores clínico-asistenciales y/o de investigación en los centros asistenciales.
3. Los facultativos que estén en período de formación sanitaria de posgrado no podrán figurar como investigadores principales, aunque sí podrán formar parte del equipo investigador.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2003
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Convocatoria Descargar Documento