Ayudas para la realización de proyectos de investigación en el marco de algunos Programas Nacionales del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

Código de ayuda:

S04664/03

Norma:

Orden CTE/3131/2003, de 7 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/12/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la investigación de calidad, evidenciada tanto por la internacionalización de las actividades y la publicación de sus resultados en foros de alto impacto científico, como por su contribución a la solución de los problemas sociales, económicos y tecnológicos de la sociedad española.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia y Tecnología ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Las ayudas podrán financiar hasta el 100% de los costes marginales del proyecto.
- En el caso de centros tecnológicos y centros privados de I+D sin ánimo de lucro que dispongan de contabilidad analítica, la solicitud de financiación podrá realizarse a costes totales y la cantidad máxima financiable será del 50% del coste total de su participación en el proyecto.
- En zonas de objetivo 1, la contribución FEDER supondrá un 70% de la financiación total para todos los proyectos aprobados.
En zonas de objetivo 2 (Cataluña, Madrid, Aragón, Illes Balears, Navarra, La Rioja y País Vasco) se cofinanciarán con FEDER en un 50% aquellos proyectos cuyas entidades beneficiarias tengan su sede en zona elegible.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los centros públicos de I+D, los centros privados de I+D sin ánimo de lucro y los centros tecnológicos a los que pertenezca el investigador principal del proyecto, que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.
En los proyectos coordinados, en caso de entidades diferentes, las entidades beneficiarias serán aquellas a las que pertenezcan los investigadores principales de cada subproyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellos Proyectos de investigación en el marco de los Programas Nacionales de:
- Biomedicina.
- Biotecnología.
- Biología fundamental.
- Recursos y tecnologías agroalimentarias.
- Ciencias y tecnologías medioambientales.
- Biodiversidad, ciencias de la tierra y cambio global.
- Energía.
- Medios de transporte.
- Construcción.
- Ciencias y tecnologías químicas.
- Materiales.
- Diseño y producción industrial.
- Espacio.
-Astronomía y astrofísica.
- Física de partículas.
- Matemáticas.
- Física.
- Seguridad.
- Tecnología electrónica y de comunicaciones.
- Tecnologías informáticas.
- Tecnologías de servicios de la sociedad de la información.
- Humanidades.
- Ciencias sociales, económicas y jurídicas.

Requisitos:

1. Las entidades beneficiarias asumirán las obligaciones que para los
perceptores de ayudas y subvenciones establecen los artículos 81 y 82
de la Ley General Presupuestaria.
2. Los investigadores principales pertenecientes a los centros públicos
de I+D, así como los pertenecientes a los centros privados de I+D sin
ánimo de lucro, deberán poseer el título de doctor y tener formalizada
su vinculación estatutaria o contractual con el centro.
3. Los investigadores principales de los centros tecnológicos deberán
pertenecer a sus respectivas plantillas y poseer el título de doctor. De
no poseerlo, deberán acreditar que poseen experiencia en actividades
de I+D durante al menos diez años o, alternativamente, que han dirigido
proyectos de investigación durante al menos cinco años.

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 270
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