Ayudas para la realización de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S62100/07

Norma:

ORDEN de 25 de agosto de 2008. DECRETO 66/2008, de 11 de abril. ORDEN de 27 de agosto de 2007. Decreto 130/2006, de 11 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante el Decreto 130/2006, de 11 de julio, se regulan las subvenciones para la realización de proyectos de innovación educativa de los centros docentes de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por Decreto 66/2008, de 11 de abril, se modifica el Decreto 130/2006, con objeto de impulsar los procesos de innovación e investigación en los centros educativos, en pro de la mejora del éxito escolar del alumnado.

La presente Orden convoca las ayudas para la realización de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, titularidad de la Consejería de Educación.
Estas ayudas tienen como objeto prioritario mejorar el éxito escolar del alumnado al que van dirigidos los Correspondientes proyectos de innovación educativa.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima será de 400 euros a cada participante como reconocimiento social y profesional del profesorado.
El número y cuantía de las ayudas vendrá determinado por el número de proyectos seleccionados y por la disponibilidad presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas, individualmente o por equipo, el profesorado que preste sus servicios en los centros docentes no universitarios que sean titularidad de la Consejería de Educación, encontrándose en situación de servicio activo. El profesorado solicitante sólo podrá participar en un único proyecto.

Quedan excluidos de estas ayudas los profesores que, durante el periodo de realización del proyecto, han sido beneficiarios de licencias por estudios total o parcialmente retribuidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de estas ayudas los proyectos que presenten propuestas de trabajo que planteen la elaboración y aplicación de una innovación educativa en el aula o en la organización y gestión del centro, que impliquen a un profesor o grupo de profesores de un mismo centro educativo y que supongan verdaderas medidas para favorecer el éxito escolar del alumnado. Estas propuestas deberán contemplar entre sus contenidos algunas de las siguientes líneas prioritarias:

a) La innovación que impulse la creación de auténticas comunidades de aprendizaje, que pueda implicar a los distintos sectores de la comunidad educativa, como agentes para propiciar la mejora del éxito escolar.
b) La innovación en el desarrollo de programaciones de las áreas del currículo, orientadas a la consecución de las competencias básicas, en las que se hagan explícitas las metodologías docentes a emplear.
c) La atención individualizada del alumnado, como factor clave para la mejora del éxito escolar.
d) La innovación en el modelo organizativo y de convivencia del centro, encaminada a mejorar los resultados educativos del alumnado, especialmente las posibilidades de titulación en Educación Secundaria Obligatoria.

Los proyectos deben integrar, en su desarrollo, los recursos disponibles en los centros y aulas, especialmente el uso de las tecnologías de la información y comunicación y estar en consonancia con los contenidos básicos del proyecto educativo del centro.

La metodología utilizada facilitará la participación activa del alumnado y de las familias, en su caso, y potenciará la evaluación mediante procesos de investigación-acción.

Los proyectos deberán desarrollarse durante el curso escolar 2008/2009. No obstante, y si así se especifica, se podrá realizar durante el curso siguiente, con la ocasión de la ulterior convocatoria, una segunda parte del mismo. En este caso, en el proyecto se indicará qué parte corresponde a cada curso.

Todo proyecto de innovación educativa cuyo desarrollo durante un curso escolar suponga una mejora significativa de los resultados académicos del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, tendrá carácter preferente para ser seleccionado en la convocatoria del curso escolar siguiente, a solicitud del profesorado participante.

Documentos asociados

Boletín: 18/07/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/09/2007
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 106
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/04/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 75
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 09/09/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 174
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento