Ayudas para la realización de proyectos de difusión social del conocimiento científico.
Código de ayuda:
S16100/26Norma:
ORDEN de 26 de mayo 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de julio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de difusión social del conocimiento científico en la CAPV durante el año 2026. La finalidad de esta convocatoria es incrementar la visibilidad social de la ciencia y la innovación, integrándolas de manera activa y accesible en el espacio público y en la vida cultural y social de la CAPV, así como facilitar el acceso y el disfrute del conocimiento científico en condiciones de equidad mediante acciones inclusivas que tengan en cuenta la diversidad de públicos y reduzcan barreras territoriales, socioeconómicas, culturales, lingüísticas o funcionales. Asimismo, se persigue mejorar la comprensión ciudadana sobre los procesos científicos y el valor social de la investigación y la innovación, promoviendo una visión rigurosa y cercana de la ciencia y, finalmente, fomentar el pensamiento crítico y la alfabetización científica funcional, contribuyendo a la lucha contra la desinformación científica.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
País VascoConvoca:
Departamento de Ciencia, Universidades e Innovación. (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias del proyecto aquellas comprendidas en alguna de los siguientes grupos, siempre que estén adheridos a Jakindari, la alianza por la cultura científica de la CAPV:1.– Las entidades que se encuentren acreditadas en el Registro de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante RVCTI) contemplado en el artículo 28 del Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. Las entidades solicitantes deberán figurar en el mencionado registro en las categorías indicadas a continuación, a la fecha de cierre del plazo de solicitud y hasta el final del periodo de ejecución de la ayuda:
a) Centros de Investigación Básica y de Excelencia (BERCs).
b) Estructuras de investigación de las universidades del Sistema Universitario Vasco.
c) Centros de Investigación Cooperativa (CICs).
d) Centros de Investigación Sanitarios (CIS).
e) Centros Tecnológicos.
f) Agentes de Difusión de la Ciencia, Tecnología e Innovación.
g) Agentes Singulares.
2.– Universidades que forman parte del Sistema Universitario Vasco (SUV) y centros adscritos.
3.– Aquellas fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro con domicilio social en la CAPV y registradas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que, sin estar aún registradas en la RVCTI, se hayan adherido a la alianza Jakindari por la cultura científica antes de la fecha depublicación de la presente Orden en el boletín oficial del País Vasco.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Ferias o festivales de ciencia e innovación.b) Espectáculos de divulgación científica.
c) Visitas guiadas a centros de investigación o diseño y desarrollo de recorridos y experiencias para conocer lugares de interés científico.
d) Exposiciones, instalaciones y muestras.
e) Ciclos de charlas, diálogos, conferencias, monólogos, etc.
f) Talleres experimentales.
g) Proyectos audiovisuales, radiofónicos o de podcast.
h) Proyectos de ciencia ciudadana.
i) Proyectos para promover el interés de los/as jóvenes por las carreras científicas.
Gastos subvencionables:
• Costes de personal de las entidades beneficiarias adscritas al proyecto y en base al reparto de compromisos recogidos en el acuerdo de colaboración suscrito. Los costes de personal en ningún
caso podrán superar el 70 % del presupuesto total del proyecto.
• Costes de movilidad (peaje, gasolina, tique de transporte público) para la realización de actividades o reuniones vinculadas al proyecto siempre que el gasto haya sido realizado por parte de alguna de las personas que componen el equipo encargado de la ejecución del proyecto.
• Costes de adquisición de material fungible y suministros vinculados directamente a la ejecución de las actividades del proyecto.
• Costes de consultoría, evaluación, difusión, publicidad, traducción y servicios equivalentes,
destinados de manera exclusiva a la ejecución directa de la actividad objeto de la ayuda.
• Los costes de alquiler de salas y organización de eventos relacionados directamente con la ejecución del proyecto
Documentos asociados
Boletín:
10/06/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 108
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 108
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
