Ayudas para la realización de proyectos de I+D en cooperación internacional en el ámbito de las tecnologíasavanzadas de fabricación. Manunet 2018.

Código de ayuda:

S50400/18

Norma:

RESOLUCIÓN 205E/2018, de 21 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es fomentar la realización de proyectos de I+D en cooperación internacional en el área de las tecnologías avanzadas de fabricación, en el marco del proyecto europeo de cooperación
MANUNET III‑convocatoria 2018 (que se puede consultar en http://www.manunet.net/).

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General De Industria, Energia E Innovación (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas y los organismos de investigación y difusión de conocimientos que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de ayuda los proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental.

Requisitos:

a) Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo las actividades subvencionadas.

b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

c) En el caso de las empresas: estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

d) En el caso de los organismos de investigación y difusión de conocimientos: aquellos que realicen actividades económicas y no económicas, deberán disponer de una contabilidad que permita distinguir
claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.

La definición de “organismo de investigación y difusión de conocimientos” será la recogida en el apartado 83) del artículo 2 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (en adelante, Reglamento (UE) número 651/2014).

Documentos asociados

Boletín: 03/10/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 192
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento