Ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes.
Código de ayuda:
S01737/26Norma:
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de abril de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 25.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas para la finalización de inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las actividades desarrolladas por personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura, conforme a las bases reguladoras establecidas en el Decreto 79/2024 de 23 de julio.Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
ExtremaduraConvoca:
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas consistirán en una subvención a fondo perdido de hasta el 50% de la inversión subvencionable. El importe de la inversión proyectada no podrá ser superior a 25.000 euros (IVA excluido). Si el proyecto supera esa cuantía se inadmitirá la solicitud realizada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Microempresas (menos de 10 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán beneficiarse de estas ayudas las empresas de cualquier forma jurídica, incluido personas trabajadoras autónomas, que tengan centro productivo en Extremadura y que no cuenten con personal asalariado a su cargo o bien que dispongan de una plantilla media que no sea superior a tres personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena, en todos los códigos de cotización que posea, en los doce meses anteriores la fecha de presentación de la solicitud.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Tendrá carácter subvencionable la realización de inversiones en adquisición de bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, que cumplan, al menos, uno de los siguientes requisitos y/o funcionalidades:a. Maquinaria dirigida a la producción y transformación del producto manufacturado.
b. Sean equipamientos orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos.
c. Se traten de inversiones dirigidas a mejorar la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos de la empresa
d. Sean equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador
2. Se podrán considerar subvencionables los gastos de transporte, instalación, montaje y formación en el uso relativos a las inversiones proyectadas, siempre que la empresa justifique adecuadamente su necesidad dada las especiales características del proyecto y que en ningún caso supere el 20% de coste total del mismo.
Documentos asociados
Boletín:
22/08/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 163
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 163
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
22/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 14
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 14
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
